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Municipal

La ordenanza de terrazas se modifica para ser más flexible a la hostelería.

Interbenavente.es Lunes, 15 de Septiembre de 2014 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento debe aprobar esta nueva modificación promovida por la Asociación de Hosteleros de Benavente

Desde la concejalía de urbanismo ha modificado esta ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa. Este cambio, tal y como indica el concejal José Manuel Salvador, surge a petición de la Asociación de hostelería para adaptarse a la realidad, por lo que se ha flexibilizado ampliando las temporadas, posibilitando la reducción de veladores en invierno y facultando la posibilidad de solicitar la ampliación de los periodos autorizados.


 

La intención de la concejalía es flexibilizar los plazos para la presentación de solicitudes permitiendo presentarla con un mes de antelación respecto al periodo solicitado. Además, con el objetivo de que todos los solicitantes cumplan con sus obligaciones y comuniquen al Ayuntamiento las variaciones de la solicitud inicial se pretende penalizar con una infracción leve la instalación de veladores fuera del periodo autorizado e incrementando la sanción en 100€, el fin es que se cumpla el plazo autorizado para dicha terraza.


[Img #24945]

Periodo de tiempo para la ocupación de terreno de uso público.


 

Se ha dividido en cuatro temporadas, la primera abarca desde julio y agosto y las solicitudes se pueden presentar del 1 al 31 de mayo. La segunda temporada afecta a los meses de junio, julio, agosto, septiembre y su solicitud se puede presentar del 1 al 30 de abril. La cuarta temporada comienza en abril hasta octubre con un plazo de presentación de solicitudes del 1 al 28 de febrero, por último la temporada anual cuyas solicitudes deben realizarse del 1 al 30 de noviembre.

Unos plazos de tiempo que son los mismos para las solicitudes de terrazas.


 

La ordenanza informa que las autorizaciones concedidas antes de la entrada en vigor de la modificación se incluyen en la modalidad que disfrutarán en la temporada anterior, sin perjuicio de solicitar otra temporada.


 

Las infracciones leves rondan entre los 100€ y los 750€ o una suspensión temporal de la licencia municipal de 1 a 7 días.

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