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Municipal

El Ayuntamiento de Benavente establece criterios para la realización de horas extras del personal laboral y funcionario

Rebeca Castaño Lunes, 21 de Julio de 2025 Tiempo de lectura:

Las horas extraordinarias serán compensadas económicamente o por tiempo de descanso

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A través de una Resolución de Alcaldía firmada el pasado 17 de julio de 2025 se aprobaba la instrucción que establece el procedimiento a seguir para la realización de horas extraordinarias del personal laboral y funcionario de Ayuntamiento de Benavente.

 

 

Según recoge el artículo 5 del Reglamento de Funcionarios del Ayuntamiento de Benavente “tendrán consideración de horas extraordinarias cada hora de trabajo que se realice sobre la duración máxima de la jornada”. En el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Benavente refleja que “con el objeto de fomentar una política salarial solidaria de creación empleo, se acuerda la supresión de las horas extraordinarias habituales. Respecto a las horas extraordinarias estructurales, se podrán realizar las necesarias”.

 

 

La realización de horas extraordinarias tanto para personal como funcionario deberá estar autorizada por escrito previamente a su ejecución por el superior jerárquico (encargado general, jefe del departamento,…), así como por el concejal delegado del área donde preste sus servicios el trabajador; en el caso de no ser posible, de manera excepcional, el trabajador justificará por escrito dicha imposibilidad amparado en el carácter urgente e imprevisto de la actividad a realizar y se notificara por escrito de su realización lo antes posible y en el plazo máximo de dos días desde su ejecución.

 

 

En la autorización previa, o ratificación posterior deberá hacerse constar: La imposibilidad de autorización previa; la identidad del trabajador que las va a ejecutar, el número de horas extraordinarias, los trabajos extraordinarios y urgentes o en tareas de prevención o reparación de siniestros u otros daños… y el lugar y fecha aproximada de su realización, así como la forma prevista de compensación (económica u horaria).

 

 

 

Las horas extraordinarias deberán ser objeto de fichaje en los sistemas de control horario habituales, cuando las horas realizadas no puedan acreditarse por este sistema, en el informe justificativo de la urgencia realizado por el trabajador deberá especificarse las causas que lo han impedido.

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