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Política Municipal

PSOE e IU presentan un recurso de reposición para acceder a la grabación de la Comisión Extraordinaria sobre el Benafest

Rebeca Castaño Lunes, 10 de Marzo de 2025 Tiempo de lectura:

En una primera solicitud la Alcaldía negaba la aportación de la grabación al considerar que es un documento auxiliar o de apoyo para la elaboración del acta

El pasado 17 de octubre se celebraba la comisión extraordinaria de la concejalía de Ferias solicitada por el Grupo Municipal Socialista respecto a conocer los trámites de contratación de la organización del festival Benafest llevado a cabo a comienzos del mes de septiembre.

 

 

Tras la celebración se solicitaba, por ambos grupos de la oposición, el acceso a la grabación de la Comisión Extraordinaria, que fue inadmitida por tratarse de un documento auxiliar o de apoyo para la elaboración del acta, tal y como dispone el art. 18 de la Ley 9/2013 de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno” indica el Decreto de Alcaldía.

 

 

Una respuesta que no ha convencido a PSOE e IU por lo que han presentado, por separado, un recurso de reposición a esta decisión adoptada por la Alcaldía, ya que consideran que no se ajusta a derecho “y contraviene la normativa aplicable que configura como un derecho de los Concejales el obtener información sobre expedientes municipales, de tal forma que puedan desarrollar adecuadamente su función”.

 


Argumentan su postura acudiendo al Artículo 23 de la Constitución Española que caracteriza como fundamental, en el caso de los concejales (sean o no de la oposición) se manifiesta en su facultad de control de esa acción de gobierno. Para el ejercicio de esta facultad es necesario tener acceso a aquella información y documentación precisa en función de su responsabilidad. También hace referencia a sentencia del Tribunal Supremo del año 2001 incidiendo sobre el derecho de participación “de los concejales, que no podrán acceder al normal examen, análisis, comprobación y estudio de lo acordado en cada sesión, con clara perturbación a sus facultades de control de la gestión municipal”.

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“Por lo tanto, lo que se pretende es asegurar el correcto desempeño de sus funciones, el control, análisis y fiscalización de la actuación municipal, en esencia, el ejercicio constitucionalmente reconocido a la participación ciudadana en los asuntos públicos” considerando que “entendemos que la Alcaldesa debe autorizar el acceso a la información que sea necesaria para el desarrollo de las funciones de los miembros de la Corporación Municipal que la soliciten. No existe norma alguna que límite el derecho de acceso de los concejales sean o no de la oposición, a la información solicitada al tratarse de un derecho de participar en los asuntos públicos, por lo que, como regla general, no procede denegar el acceso a la información municipal”.

 

 

Ambos grupos de la oposición solicitan que se admita el recurso de reposición y puedan acceder al contenido íntegro de la Comisión Informativa Extraordinaria sobre el Benafest, a la vez que se comprometen a “guardar reserva” con las informaciones que les sean facilitadas.

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