Del Sábado, 06 de Septiembre de 2025 al Domingo, 14 de Septiembre de 2025
En diciembre se han registrado 5.691 es una caída del 1,01% respecto a noviembre de 2024
El Ministerio de Seguridad Social ha aportado los datos relativos a las afiliaciones a la Seguridad Social por municipios. En Benavente durante el mes de diciembre de 2024 refleja una bajada de afiliados tras tres meses de recuperación del empleo en la ciudad.
La ciudad cierra 2024 con 5.691 afiliados en diciembre se produce una bajada de 58 personas respecto al mes de noviembre con 5.749 (-1,01%). En datos anuales en el mes de diciembre de 2023 se registraron 5.701 afiliaciones, lo que supone 10 personas más que en 2024.
El que mayor número de empleo se genera en Benavente es el sector general con 3.982 afiliados, son 45 personas menos que en noviembre, le sigue los autónomos con 1.556 afiliados, registra un descenso de 12 personas respecto a noviembre, el sector agrario pasa de 91 en noviembre a 90 en el mes de diciembre y el sector del hogar se mantiene en 93.
¿Qué es la Seguridad Social?
La afiliación de trabajadores es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión en el ámbito de aplicación del mismo.
La afiliación presenta las siguientes características:
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Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
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Es única y general para todos los Regímenes del Sistema.
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Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el sistema.
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Es exclusiva.
La afiliación a la Seguridad Social podrá realizarse de la siguiente forma:
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A instancia del empresario: Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras que vaya a contratar si no han estado afiliados previamente.
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A instancia del trabajador: Los trabajadores por cuenta propia o asimilados que inicien su actividad como tales y no se encuentren ya afiliados, estarán obligados a solicitar la afiliación. De igual forma los trabajadores por cuenta ajena o asimilados cuyo empresario no cumpla con la obligación que se impone en el apartado anterior, podrán solicitar su afiliación al Sistema.
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De oficio: La afiliación podrá efectuarse de oficio por las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma cuando como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los datos obrantes en las entidades gestoras o por cualquier otro procedimiento, se compruebe el incumplimiento de la obligación de solicitar la afiliación por parte de los trabajadores o empresarios a los que incumba esta obligación.
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