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Municipal

Hacienda presenta el calendario de impuestos y tasas para Benavente con variaciones y distribuyendo la presión fiscal

Rebeca Castaño Lunes, 06 de Enero de 2025 Tiempo de lectura:

La tasa por suministro de agua, recogida de basura, alcantarillado y depuración será la primera que se active en este 2025

La concejalía de Hacienda de José Manuel Salvador ha presentado el calendario del Contribuyente para este 2025 en Benavente con el objetivo, tal y como indica el informe de fijar con antelación los plazos de cobranza en periodo voluntario para el pago de los tributos y resto de recursos económicos municipales de naturaleza patrimonial cuyo cobro se exija de forma periódica y mediante notificación colectiva (padrones).

 

 

Este calendario facilita también la estimación de los flujos de ingresos, -a calcular según las domiciliaciones existentes en cada padrón, el importe del mismo y los ingresos de ejercicios anteriores por dichos conceptos-, y así elaborar un Presupuesto de Tesorería cuyo fin sea prever y ajustar temporalmente las entradas y salidas (flujos de cobros y pagos)” apuntan desde el área de Hacienda.

 

 

 

Entre los aspectos que se destacan está la distribución de la presión fiscal a lo largo del ejercicio “evitando momentos de concentración de la misma” y algunas variaciones de los periodos de cobro inicialmente establecidos para el ejercicio anterior.

 

 

 

En cuanto al Impuesto sobre bienes inmuebles, su cobro se realiza mediante dos sistemas. Un sistema general para el cobro de los recibos que hayan renunciado a acogerse al sistema especial de pago. Un sistema especial (para los contribuyentes del impuesto de bienes inmuebles – urbana) en dos plazos. Para favorecer a los contribuyentes que opten por esta modalidad, se introdujo en la ordenanza del IBI una bonificación del 5%, hasta un máximo de 60 €. Esta bonificación del 5% de la cuota total del recibo se incluirá en el 2º plazo domiciliado para aquellos contribuyentes que, habiendo optado por esta modalidad, cumplan con el pago en las fechas indicadas, señala el informe técnico.

 

 

Respecto al Impuesto sobre actividades económicas, se mantiene el periodo de cobranza prácticamente igual. Con ello se persigue la finalidad de que los empresarios y profesionales puedan causar baja durante el ejercicio económico en curso.

 

La normativa reguladora de este impuesto obliga al pago total del recibo (satisfaciéndose trimestres en los cuales no se ha ejercido la actividad) y a solicitar de la Administración la posterior devolución de los trimestres no devengados, lo que origina diversas incidencias como:

 

- Exceso de recibos impagados, sobre todo cuando se ha producido una baja en la

actividad a lo largo del ejercicio, con la posterior obligación de la Administración

de exigir dicha deuda por vía ejecutiva, generando nuevos expedientes

administrativos.

 

- Tramitación de expedientes de devolución de ingresos excesivos, en aquellos

supuestos de contribuyentes que han satisfecho el recibo y, a la vez, han causado

baja a lo largo del ejercicio.

 

“Estas circunstancias implican una carga adicional de trabajo administrativo que puede reducirse situando el período de cobranza lo más cerca posible del final del ejercicio y así las alteraciones de bajas sean, en lo posible, recogidas en el momento de cerrar el padrón y ponerlo al cobro (una vez actualizada la situación de los contribuyentes con variaciones e incluyendo exclusivamente los trimestres devengados.)” apuntan desde la Concejalía de Hacienda.

 

El plazo establecido para el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica tampoco sufre modificaciones de relevancia.

 

 

“Razones de técnica recaudatoria aconsejan que el cargo en cuenta del recibo a los contribuyentes que hayan optado por realizar el pago mediante domiciliación bancaria, deba realizarse en los diez primeros días del periodo voluntario de cobranza. Esta medida no se aplica a todos los tributos pero sí a la mayoría. Cuando los vencimientos del plazo coincidan con un sábado o día inhábil se consideran trasladados al primer día hábil siguiente” apuntan desde Hacienda.

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Calendario impuestos

 

 

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Del 03/03/2025 al 12/05/2025 (domiciliados: 07/03/2024)

 

Impuesto sobre actividades económicas. 03/10/2025 al 11/12/2025 (domiciliados 07/11/2025)

 

Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana y rústica) – Modo general de pago 100% cuota. 02/09/2025 al 11/11/2025 (domiciliados: 07/10/2025)

 

Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana) – Modo especial de pago El 15/05/2025 50% de la cuota

 

Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana) – Modo especial de pago El 07/10/2025 45% de la cuota

 

Calendario tasas

 

Tasa por suministro de agua, recogida basura, alcantarillado y depuración. Del 22/01/2025 a 24/03/2025 (domiciliados: 06/02/2025)

 

Tasa por suministro de agua, recogida basura, alcantarillado y depuración. Del 16/04/2025 al 19/06/2025 (domiciliados: 06/05/2025)

 

Tasa por suministro de agua, recogida basura, alcantarillado y depuración. Del 17/07/2025 al 17/09/2025 (domiciliados: 06/08/2024)

 

Tasa por suministro de agua, recogida basura, alcantarillado y depuración. Del 17/10/2025 al 17/12/2025 (domiciliados: 06/11/2025)

 

Tasa por entrada de vehículos a través de aceras (vados). Del 16/09/2025 al 18/11/2025 (domiciliados: 21/10/2025)

 

 

Tasa ocupación vía pública taxis. Del 03/06/2025 al 05/08/2025 (domiciliados: 04/07/2025)

 

Tasa ocupación vía pública mercadillo Pza. Del Grano / Pza. Mayor. Del 03/10/2025 al 05/12/2025 (domiciliados: 17/10/2025).

 

 

Este calendario está pendiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

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