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Municipal

En firme la prórroga hasta 2027 del Plan Territorial de Fomento para el desarrollo del Puerta del Noroeste

Rebeca Castaño Lunes, 04 de Noviembre de 2024 Tiempo de lectura:

Un acuerdo que se adoptó en la pasada reunión del Grupo de Seguimiento el pasado 24 de junio de 2024

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La Alcaldesa de Benavente, Beatriz Asensio, a través de un Decreto de Alcaldía ha prestado conformidad a las medidas propuestas para la prórroga durante tres años del Plan Territorial de Fomento, en el que se encuentra el desarrollo del Polígono Puerta del Noroeste. Una prórroga que se alargará hasta el 31 de diciembre de 2027 acordadas en la reunión del pasado 24 de junio de 2024 en el seno de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León.

 

 

Con esta prórroga se mantienen comprometidos los compromisos recogidos en el Plan Territorial de Fomento firmado el 15 de abril del año 2019 con el Ayuntamiento de Benavente. En el anexo correspondiente a las medidas del Ayuntamiento de Benavente se encuentra la bonificación del 50% en la cuota íntegra del Impuesto de Bienes e Inmuebles , sobre los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado. Bonificación de hasta el 95% de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

 

 

En el Impuesto sobre Actividades Económicas se establecía una bonificación del 95% sobre la cuota del impuesto, a las Cooperativas, así como a las Uniones, Federaciones y Confederaciones de las mismas.

 

 

Bonificación del 50% de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de la misma.

 

 

Bonificación de hasta el 50% de la cuota correspondiente del Impuesto, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el período anterior a aquél.

 

 

Bonificación del 50% de la cuota del impuesto a todos aquellos sujetos pasivos del mismo que tributen por cuota municipal y que acrediten que, en el ejercicio inmediatamente anterior, en su declaración del Impuesto de Sociedades, hayan tenido un rendimiento de la actividad económica negativo, es decir que la base imponible de su declaración del impuesto sea negativa o igual cero.

 

 

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras con una bonificación del 95% sobre la cuota íntegra del impuesto, a favor de las construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento de empleo que justifiquen tal declaración.

 

 

Bonificación del 95% en la cuota del impuesto a favor de aquellas construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales que justifiquen tal declaración, para aquellas obras que se lleven a cabo en los distintos Polígonos Industriales de la ciudad (Benavente I y II, Futuro Polígono de Transporte, Logística e Industrial “Puerta del Noroeste, etc).

 

 

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (I.I.V.T.N.U.) con una bonificación de hasta el 95% de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio de terrenos, sobre los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

 


A lo que hay que unir el funcionamiento, ya en marcha, del Vivero de Empresas y las ayudas a emprendedores de manera anual.

 

La primera prórroga en noviembre de 2022

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Este Plan Territorial de Fomento se programaba para ser desarrollado del 2019 al 2022. En el mes de noviembre de 2022, la Alcaldía manifestó la conformidad de una prórroga de dos años que fueron que fueron acordadas en la reunión del Grupo de Seguimiento previsto en dicha orden, y que tuvo lugar el 27 de octubre de 2022. El Ayuntamiento igualmente se comprometió a mantener los compromisos adquiridos en la citada Orden.

 

 

En la reunión del Grupo de Seguimiento del Programa Territorial de Fomento para Benavente, creado en el seno de La Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León (FAFECYL), celebrada el 24 de junio de 2024 en el Ayuntamiento de San Cristóbal de Entreviñas, se analizó la necesidad de prorrogar el Programa Territorial de Fomento para Benavente 2019-2024, acordándose por todos los asistentes, proponer una prórroga de tres años, hasta el 31 de diciembre de 2027.

 

 

La Comisión de Seguimiento del Programa Territorial de Fomento de Benavente, en su reunión de 20 de enero de 2023, aprobó las aportaciones para desarrollar la totalidad del polígono: la Junta, a través del ICE, destina 5.600.000 euros, el 45,5 % del coste; la Diputación de Zamora y el Ayuntamiento de Benavente destinan cada uno el 27,2 % con sendas cantidades de 3.347.381 euros.

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