Día Domingo, 09 de Noviembre de 2025
Unas ayudas para aquellas actividades empresariales o profesionales que se hayan producido entre 1 de enero y el 1 de mayo de 2024
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este viernes las bases para la concesión de subvenciones a emprendedores denominada BenEmprende dentro del Plan Territorial de Fomento de Benavente.
El crédito habilitado para estas ayudas asciende a 5.000 euros para aquellos empresarios o profecionales que hayan iniciado su actividad entre el 1 de enero y el 1 de mayo de 2024. En el caso de personas físicas, se requiere a el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos (en adelante RETA), mutualidad o colegio profesional correspondiente, estimándose este alta, como fecha de inicio de la actividad.
En el caso de sociedades y entidades sin personalidad jurídica deberá haberse constituido válidamente y cursar alta en la Seguridad Social por parte del empresario individual o del socio administrador de la sociedad. Cuando varios socios ostenten la representación de la empresa se tendrá en cuenta como inicio la primera alta en la seguridad social de la cualquiera de los socios efectivos. Dicha alta será considerada para todas las entidades beneficiarias como el inicio de la actividad empresarial.
El Centro de trabajo debe estar ubicado en el municipio de Benavente y en caso de no tener local afecto a la actividad económica, el domicilio fiscal debe estar también en el municipio de Benavente.
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Deben acreditar el gasto mínimo inicial vinculado a la creación de la empresa de 750,00 €, conforme al plan de gastos y financiación y estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración tributaria, con la relativas de la tesorería de la seguridad social, mutualidad o colegio profesional y con el Ayuntamiento de Benavente.
Quedan descartados los empresarios individuales, las personass que en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el RETA, hayan ejercicio la misma o similar actividad como trabajadores por cuenta ajena. Se considera la misma o similar actividad la coincidencia de los tres primeros dígitos en la clasificación Nacional de actividades económicas. Los socios no podrán solicitar esta subvención a título individual. Las empresas que procedan de un cambio de denominación o de forma jurídica de una empresa preexistente, así como los traslados de empresas preexistentes. Las empresas o entidades dependientes o vinculadas societariamente a administraciones, entes u organismos públicos. Las empresas participadas por otra empresa solicitante. Aquellas entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la LGD, entre otras, hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora




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