Día Martes, 30 de Diciembre de 2025
La concesión será por dos años
El Ayuntamiento de Benavente licita el merendero del Prado de las Pavas a través de un contrato privado patrimonial de uso privativo de un bien de dominio público. Una concesión que se otorgará por un plazo de dos años con posibilidad de prórroga por un año más.
El canon de concesión se fija en 750 euros anuales, siendo una cantidad que se podrá mejorar al alza. No se admitirán ofertas de un canon inferior al mínimo establecido. El devengo se producirá a partir de la formalización del contrato.
El 30 % del abono del canon anual se efectuará en el momento de la firma del contrato, y el otro 70% a la finalización de la temporada estival. Cualquier mejora que realice el Ayuntamiento, y que conlleve la ampliación de la superficie de las instalaciones objeto del contrato, será repercutida en el canon estipulado, mediante un incremento del mismo que será directamente proporcional a la superficie ampliada.
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![[Img #161202]](https://interbenavente.es/upload/images/08_2022/3259_1246__r3a2588.jpg)
Desde el Consistorio no exigen garantía provisional “al no existir razones de interés público que justifiquen su mantenimiento, al tratarse de licitaciones de escasa concurrencia, como ha ocurrido en otras ocasiones”.
El mantenimiento del local irá a cargo de la empresa contratista. El adjudicatario se compromete a mantener en perfecto estado de conservación, limpieza y funcionamiento, tanto el material aportado por el Ayuntamiento como el aportado por él mismo, incluso en el momento de cesar en el disfrute de la adjudicación con responsabilidad personal plena por toda la pérdida, deterioro, destrucción, inutilización, etc. Será por su cuenta y riesgo el reponerlo inmediatamente cuando se inutilice, deteriore o menoscabe por el uso, dolo o mala fe la reposición de los platos, vasos, utensilios de cocina, etc., así como el menaje correrá a cargo del adjudicatario. Éste deberá retirar de la circulación y sustituir, de forma inmediata, cualquier plato, vaso o cubierto que presente roturas, pequeños, desconches, o ligeros deterioros.
Por su parte el Ayuntamiento queda obligado a mantener al concesionario en el uso y disfrute concedido, e indemnizarle en los supuestos en que proceda.






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