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Municipal

Un convenio de colaboración entre Benavente y Astorga permite la cobertura puntual de las necesidades en la recogida de basuras

Rebeca Castaño Martes, 22 de Marzo de 2022 Tiempo de lectura:

Un convenio que se activará mediante la prestación puntual del servicio que requieran ambas ciudades y que se aprobará en el pleno de este próximo viernes.

El Concejal de Medio Ambiente, Manuel Burón explica que la firma del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Benavente y el de Astorga para la prestación puntual del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.

 

 

Desde el área indican que el artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, recoge entre las competencias a prestar por todos los municipios, la recogida de residuos, la cual habrá de ser ejercida en los términos previsto por la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.

 

 

 

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados en su número 5 dispone que “Corresponde a las Entidades Locales: a) Como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas en el marco jurídico de lo establecido en esta Ley, de las que en su caso dicten las Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. La prestación de este servicio corresponde a los municipios que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada”.

 

 

Burón señala que la “prestación de este servicio exige disponer de unos medios materiales, fundamentalmente, de unos vehículos muy costosos cuyo mantenimiento requiere de talleres especializados. Esta circunstancia puede provocar situaciones puntuales de falta de medios para la prestación del servicio de recogida de residuos”.

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“El Ayuntamiento de Benavente y el Ayuntamiento de Astorga, conscientes de la necesidad de ejercer esta competencia que le es propia de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, han propuesto la aprobación del presente convenio de colaboración con la finalidad de intercambiar puntualmente los medios materiales adscritos al servicio, en casos de necesidad, dentro del ámbito competencial de cada Entidad Local” indican desde el Consistorio.

 

 

Los representantes municipales argumentan que las Administraciones Públicas “deben ajustar sus relaciones recíprocas a los deberes de colaboración, coordinación interadministrativa y eficiencia en el gasto público y en la gestión y prestación de los servicios que le son propios, a los efectos de mejorar su control económico-financiero a partir de la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local”.

 

 

El artículo 142.c de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público prevé que las obligaciones que se derivan del deber de colaboración se harán efectivas a través, entre otras técnicas, del deber de asistencia y auxilio, para atender las solicitudes formuladas por otras Administraciones para el mejor ejercicio de sus competencias, en especial cuando los efectos de su actividad administrativa se extiendan fuera de su ámbito territorial.

 

 

“Esta Concejalía eleva al Pleno la propuesta de acuerdo aprobación del convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Benavente, el Excmo. Ayuntamiento de Astorga y la Sociedad Mercantil Ecoasturica S.LE (sociedad pública municipal con el 100% del capital) para la prestación puntual del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos” anuncia.

 

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