Del Viernes, 05 de Septiembre de 2025 al Sábado, 06 de Septiembre de 2025
Claudio Santiago sustituye a Vicente Manrique ambos concejales del Partido Popular
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este lunes el nombramiento del nuevo Teniente Alcalde de Manganeses de la Polvorosa tras el cese del concejal popular Vicente Manrique.
Este cargo ha sido ocupado por Claudio Santiago Martín, quien entre sus funciones se encuentra tal sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.
Una resolución en la que se dará cuenta en el Pleno del Ayuntamiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer:
- Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto, en la forma y con los requisitos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposición), recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se hubiera dictado y notificado resolución expresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su interposición, este se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse recurso-contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con lo expuesto, se produjo la desestimación presunta el recurso.
− Cualquier otro que se estime procede
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