Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Esta Ordenanza ya cuenta con la aprobación definitiva sin haberse presentado reclamaciones
El Pleno del pasado mes de octubre acordaba la aprobación de la Ordenanza nanza General de Gestión, Recaudación e inspección de ingresos municipal que tras su exposición pública en el Boletín Oficial de la Provincia se ha aprobado de manera definitiva sin que se hayan producido reclamaciones alguna.
El objeto de esta Ordenanza es regular los trámites o procedimientos en la nomativa estatal tributaria o en las ordenanzas fiscales municipales, desarrollar lo previsto en la Ley General Tributaria (LGT) en aquellos aspectos referentes a los procedimientos tributarios de gestión, recaudación e inspección. Regular aquellos aspectos comunes a diversas ordenanzas fiscales y, evitar de esta manera, la reiteración de los mismos. Aplicar el régimen de infracciones y sanciones regulados en LGT y en aquellas disposiciones que la complementen y desarrollen. Contemplar, específicamente, las distintas infracciones tributarias, el importe de las sanciones, su criterio de graduación y las remisiones a la LGT y por último informar a los ciudadanos de las normas y procedimientos, cuyo conocimiento pueda facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscal.
Entre los aspectos más significativos se encuentra la reducción del uso del dinero en efectivo para reducir los riesgos de alcance y pérdida del dinero, además se regulará los aplazamientos y fraccionamientos de deuda para eliminar la informalidad y/o la oralidad en su concesión toda vez que, hasta la fecha, no existía una regulación suficientemente aplicable.
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Esta ordenanza cuenta con 6 títulos y 106 artículos donde se regulan tanto la inspección tributarias, como el régimen sancionador, revisión de actos en vía administrativa, normas de carácter general, recaudación o gestión tributaria.
Dentro de esta ordenanza son viable los aplazamientos y fraccionamientos de pago para ello es necesario solicitarlo con un escrito dirigido al Tesorero municipal al cual corresponde la apreciación de la situación económico-financiera de los obligados que les impida transitoriamente satisfacer los débitos en los plazos previstos.
La ordenanza contó con los votos favorables de PSOE, PP e IU y la abstención de Ciudadanos.
Accede a la ordenanza publicada en el BOP: Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de ingresos municipales




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