Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
Si estos acuerdos consiguen su aprobación en la sesión plenaria no cumplirían las disposiciones legalmente establecidas
Los concejales populares registraron una solicitud de Pleno Extraordinario el cual está formando por las 9 propuestas que durante las pasadas semanas han ido presentando con el objetivo de reactivación de la vida socio-económica de la ciudad.
Tanto la Secretaria como el Tesorero Municipal analizan estos nueve puntos estimando su ajuste a derecho. En el caso de la propuesta de creación de la Mesa para la Reconstrucción de Benavente y Mesa de Seguimiento, en el informe del Pleno se establece que esta propuesta debe considerarse como un grupo de trabajo y no de un órgano “y que no tendría carácter permanente sino puntual, como consecuencia de la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID19”.
El segundo de los puntos que se tratará este viernes 17 de julio es la modificación del sueldo del Alcalde de Benavente, reduciendo su cantidad actual a un sueldo similar al que percibe el Alcalde de Zamora, cuya cantidad que reste se destine a las ayudas a familiar, empresas y autónomos de Benavente, desde el informe de secretaría recuerda que esta percepción se lleva a Pleno y añade que “la iniciativa de algún o algunos grupos municipales de acordar la supresión o modificación de dichas retribuciones al Alcalde y Concejales del grupo que integra el equipo de gobierno hay que entender que infringe los dispuesto en el art. 13.4 ROF, al establecer que dicha propuesta corresponde al Alcalde”. Por lo que concluye que este punto “debe entenderse que no es conforme a Derecho” adoptado sin la iniciativa del Alcalde.
El punto 3 propone la eliminación de las dietas por asistencia a reuniones de los órganos colegiados
destinadas a los concejales del Ayuntamiento de Benavente, destinando dichos fondos a aumentar las cantidades destinadas a ayudas a familias, empresas y autónomos. La Secretaria indica que este punto estaría conforme a derecho ya que no es necesario la iniciativa del Alcalde para aprobar este acuerdo, pero analizando el contenido de la propuesta de acuerdo que desde el Partido Popular plantean, al destinar estas cantidades a aumentar las ayudas a este colectivo, una sentencia estimaba que debe realizarse a través de una modificación presupuestaria aprobada en Pleno. Por lo que estima el informe municipal que este punto tampoco es conforme a derecho.
Los puntos 4 y 5 presentan la eliminación de la dedicación exclusiva de las concejalías de sanidad, Medio Ambiente y Sostenibilidad financiera y de Comunicación, Deportes y Administración Interior, que valiéndose de los argumentado en el punto 2 tampoco cumpliría este acuerdo las disposiciones legales.
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En el punto 6 se tratará la suspensión temporal, durante al menos un año, de las tasas de licencias de apertura, funcionamiento o cambio de actividad para los comercios y aquellas otras actividades que se puedan considerar esenciales para la economía de Benavente, y el punto 9 la condonación de forma temporal de diferentes tasas que cobra el ayuntamiento como las de agua, basura, vertidos o el impuesto de automóviles, a las empresas y negocios asentados en Benavente. Ambos se resuelvan de manera conjunta tanto por la Secretaria como por el Tesorero Municipal
La Secretaría incide en que será necesario una modificación de la ordenanza, derivando su conclusión a la tesorería municipal quien indica que esta suspensión incumpliría los objetivos de estabilidad presupuestaria, lo que derivaría que en el presupuesto del año 2021 se tuvieran que tomar medidas con la disminución de gastos y el aumento de ingresos para poder conseguir el objetivo de estabilidad presupuestaria.
El punto 7 será la aprobación de una modificación presupuestaria que permita destinar los fondos que aún quedan en la partida de programa de festejos, 103.123,98 €, a las ayudas a familias, negocios y autónomos de Benavente que requieran de dichas ayudas tras los efectos económicos y sociales de la pandemia en Benavente. La secretaria municipal vuelve a acudir a una sentencia donde se indica que este punto estaría ajustado a derecho si se realizara a través de una modificación presupuestaria “por lo tanto y como conclusión el acuerdo de pleno sin la iniciativa del Alcalde, debe entenderse que no es conforme a Derecho”, una conclusión también compartida por la Tesorería Municipal.
Respecto al punto 8 sobre la apertura de la bolsa de empleo del ayuntamiento para proceder a la contratación de personas desempleadas, de forma que, además de ayudar a familias que lo necesitan, se refuercen aquellos servicios públicos que, debido a las exigencias que se están produciendo con motivo de la pandemia, requieren de más personal.
El informe municipal aclara que esta competencia para aprobar una oferta de empleo público debe ser del Alcalde siempre de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobadas anteriormente en Pleno. “Por lo tanto, sin más consideración indicar que el acuerdo de pleno en esta materia, debe entenderse que no es conforme a Derecho, por no ser en este caso el titular de la competencia”.




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