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Municipal

La Administración Electrónica se implanta en el Ayuntamiento con el objetivo de simplificar trámites administrativos

Rebeca Castaño Lunes, 29 de Junio de 2020 Tiempo de lectura:

El BOP publicaba la aprobación definitiva de esta Ordenanza que no ha contado con reclamaciones

En el Pleno del pasado mes de Enero se aprobaba la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica en el Ayuntamiento de Benavente, que tras su periodo de exposición pública, el pasado viernes conseguía la aprobación definitiva.

 

 

La presente ordenanza tiene como objeto regular la utilización de medios electrónicos en la organización, funcionamiento y régimen jurídico del Ayuntamiento de Benavente. Esta norma regula las condiciones y los efectos jurídicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, en las relaciones entre el Ayuntamiento de Benavente y el resto de entidades integrantes del sector público, así como en las relaciones con la ciudadanía a fin de garantizar sus derechos y, en especial, la regulación de las condiciones y los efectos jurídicos del uso de los medios electrónicos en la tramitación de los procedimientos administrativos.

 

La Administración Electrónica se aplicará a los adjudicatarios de contratos de gestión de servicios públicos provinciales, cuando así lo dispongan los pliegos de licitación u otros documentos contractuales, en sus relaciones con el Ayuntamiento de Benavente y con los usuarios y las personas, en el marco de la prestación de servicios públicos correspondientes. También a las personas que tengan capacidad de obrar de acuerdo con las normas reguladoras del procedimiento administrativo común, en sus relaciones con el Consistorio.

 

Las actuaciones a las que se aplicaré serán a las relaciones con las ciudadanía que tengan carácter jurídico administrativo, la consulta por parte de la ciudadanía de la información pública administrativa y de los datos administrativos que estén en poder de la entidad, la realización de los trámites y procedimientos administrativos, de conforme con lo que prevé esta ordenanza y el tratamiento de la información obtenida por la entidad local en el ejercicio de sus potestades.

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El Ayuntamiento de Benavente garantizará el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos a través de un sistema de varios canales que cuente, al menos, con los siguientes medios:

 

a) Oficinas de atención presencial que se determinen, las cuales pondrán a disposición de la ciudadanía de forma libre y gratuita los medios e instrumentos precisos para ejercer los derechos reconocidos en la presente ordenanza, debiendo contar con asistencia y orientación sobre su utilización, bien a cargo del personal de las oficinas en que se ubiquen o bien por sistemas incorporados al propio medio o instrumento.

 

b) Puntos de Acceso General Electrónico del Ayuntamiento de Benavente, disponibles para la ciudadanía a través de redes de comunicación.

 

c) Sede electrónica.

 

d) Servicios de atención telefónica que, en la medida en que los criterios de seguridad y las posibilidades técnicas lo permitan, faciliten a la ciudadanía el acceso a las informaciones y servicios electrónicos.

 

 

Para poder utilizar esta servicio municipal será necesaria la firma electrónica basada en el Documento Nacional de Identidad.

 

 

 

 

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