Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
Hacienda lleva la máxima bonificación permitida por la Ley de Haciendas Locales de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
En el próximo pleno municipal que se celebra el viernes 29 de mayo la concejalía de Hacienda llevará a aprobación la modificación de esta ordenanza fiscal del impuesto ICIO para la inclusión del apartado 8 del artículo séptimo donde se establece una bonificación del 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal, por concurrir circunstancias sociales y de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.
En este apartado se centra en la situación actual derivada por el Estado de Alarma y de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, por lo que se destina el 95% de bonificación a las actuaciones vinculadas en locales comerciales e inmuebles destinados a una actividad económica; que supongan reformas y obras de adaptación a las exigencias de esta normativa. Una bonificación que desde el Ayuntamiento ejecutarán en el máximo porcentaje que permite la Ley de Haciendas Locales.
Una subvención que será concedida cuando sea solicitada por los interesados que deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias municipales.
Las bonificaciones reconocidas surtirán efecto respecto de las construcciones, instalaciones u obras contenidas en el proyecto objeto de la licencia de obras o urbanística otorgada para la ejecución de las mismas, considerándose incluidas en éste las construcciones, instalaciones u obras contenidas en sucesivos proyectos autorizados para la ejecución de meras modificaciones o correcciones del proyecto original que no se aparten del destino previsto en éste, excepto en el caso de que la autorización de tales proyectos de modificación o corrección sea consecuencia de expedientes incoados por causa de infracción urbanística, en que no habrá lugar a la bonificación.
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No se entenderán incluidas en la bonificación otorgada para las del proyecto original las construcciones, instalaciones u obras contenidas en proyectos que supongan ampliaciones, correcciones o modificaciones de cualquier tipo respecto de las declaradas de especial interés o utilidad municipal y que no obedezcan al uso, destino o fines que dieron lugar a dicha declaración.
En el informe de la propuesta de Alcaldía se indica que el objetivo es “apoyar al sector económico local y, en este sentido, amén de otras medidas de naturaleza tributaria, así como las ya anunciadas (Ben-Activa, Fondo de Emergencia Social y Estudios y trabajos técnicos en campañas de apoyo al comercio 2020), se considera oportuno la introducción de bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, destinadas a las obras de adaptación a las exigencias de la crisis socio-sanitaria que estamos viviendo, ocasionadas por el COVID-19, a fin de paliar, en el ámbito tributario, el gravamen sobre las citadas obras. Todo ello, mediante la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del mencionado tributo”.




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