Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado la modificación de esta ordenanza aprobada en pleno el pasado mes de Enero.
Una modificación impulsada por las faltas que se han considerado muy graves durante estos últimos meses como son la falta de pago de la tasa de ocupación de la vía pública o la falta de pago de varios tributos municipales.
El objetivo que se marcaba el Equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Benavente con esta modificación es adoptar medidas cautelares para asegurar la eficacia del procedimiento sancionador.
En concreto se ha modificado el artículo 40.1 de la Ordenanza con la inclusión de un nuevo apartado que dictamina que el titular o propietario del puesto de venta no se encuentra al corriente de pago de la tasa de ocupación correspondiente a un año o en los mercadillos periódicos o de uno temporal, así como un tributo, no podrá instalar su puesto en la ciudad.
El Equipo de Gobierno ha adoptado durante estos meses de mandato varia medidas de control dentro de los vendedores ambulantes.
Entre esas intervenciones destacan las realizadas por agentes de la Policía Local de Benavente cada jueves en todos los puestos, controlando las medidas de instalación entre puestos, las tarjetas de permiso de venta, e incluso sancionando a los vendedores que no tienen permiso para poder realizar esta actividad en la ciudad.
Es motivo de sanción cuando su titular o propietario no haya procedido a la retirada voluntaria de la instalación o puesto una vez haya vencido el plazo de vigencia de la autorización municipal o cuando no acrediten la procedencia de la mercancía a la venta o existan indicios racionales de que la misma no sea apta para el consumo.
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