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Plan Territorial de Fomento

Las bonificaciones fiscales dentro del Plan de Reindustrialización beneficiarán a los empresas que promuevan contratos fijos indefinidos

Rebeca Castaño Lunes, 25 de Marzo de 2019 Tiempo de lectura:

Los impuestos IBI, IAE, ICIO e IIVTNU podrían alcanzar el 95% de bonificación

Otro de los requisitos es que se bonificarán los puestos de trabajo con trabajadores empadronados en Benavente

La adhesión al Plan Territorial de Fomento de Benavente fue aprobado en el pasado pleno extraordinario, ese primer paso abría el camino para los siguientes pasos como, por ejemplo, las bonificaciones fiscales de cuatro impuestos, el Impuestos sobre Bienes Inmuebles, el de Actividades Económicas, el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

 

Bonificación Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana

 

La primera bonificación será del 50% en la cuota íntegra del puesto, siempre que se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, sobre los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable y que no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

 

La segunda bonificación podría llegar hasta el 95% de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento del empleo que justifiquen esta declaración.

 

Para tener derecho a este bonificación, será necesario que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato laboral fijo (indefinido) durante el periodo anterior al de la aplicación de esta bonificación, de acuerdo con esta escala.

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La bonificación solo se tendrá en cuanta con los empleos creados que ocupen trabajadores empadronados en Benavente y comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2020.

 

Bonificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas

 

En esta ordenanza se ha incluido el 95% de bonificación de la cuota del impuesto, a las cooperativas, así como las Uniones, Federaciones y Confederaciones.

 

Una bonificación del 50% de la cuota para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los 5 años de actividad siguientes a las conclusión del segundo periodo impositivo.

 

Bonificaciones de hasta el 50% de la cuota para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido.

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Bonificaciones del 50% de la cuota del impuesto a todos aquellos sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que acrediten, que en el ejercicio anterior, en su declaración del Impuesto de Sociedades, hayan tenido un rendimiento de la actividad económica negativo.

 

Además del 50% de bonificación de la cuota de los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que realicen sus actividades industriales desde el inicio de su actividad, o por traslado posterior, en locales o instalaciones enclavadas en los polígonos Benavente I y II y futuro Polígono Puerta del Noroeste.

 

 

Un bonificación que se aplicará si los trabajadores están empadronados en Benavente

 

Bonificaciones Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

 

Bonificaciones de hasta el 95% sobre la cuota íntegra del impuesto, a favor de las construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento de empleo que justifiquen tal declaración.

 

Para tener derecho a esta bonificación, será necesario que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato laboral fijo indefinido durante el año anterior al de la aplicación de la bonificación.

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Se tendrán en cuenta los empleos creado que ocupen trabajadores empadronados en Benavente.

La segunda bonificación dentro de esta ordenanza alcanza el 95% para aquellas construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales y para las obras que se lleven a cabo en los polígonos Benavente I, Benavente II y Puerta del Noroeste.

 

El comienzo de aplicación de la modificación se realizará al día siguiente de su publicación en el BOP

 

Bonificación Ordenanza fiscal reguladores el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

 

Bonificaciones de hasta el 95% de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio de terrenos, sobre los que se desarrollen las actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias de fomento del empleo que justifiquen la declaración.

 

Para tener derecho a esta bonificación se debe haber incrementado el promedio de la plantilla de trabajadores con contrato laboral fijo indefinido durante el año anterior al de la aplicación de la bonificación.

 

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Igualmente esta bonificación beneficiará a las empleos creados que ocupen trabajadores empadronados en el municipio de Benavente.

 

Su vigencia se iniciará una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

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