Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
Existen excepciones como las bolsas muy ligeras y gruesas recicladas
El Gobierno aprobaba en el mes de mayo de este año el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores con el objetivo de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en España, trasponiendo la directiva comunitaria, sensibilizando a los consumidores, para crear un registro para obtener información sobre su comercialización y, como ha destacado Isabel García Tejerina, “para liberar a nuestra naturaleza de plásticos y residuos”.
Este Real Decreto es un primer paso para liberar nuestra naturaleza de los residuos plásticos y sensibilizar a los consumidores de la importancia de reducir el consumo de bolsas de plástico, contemplando la adopción de distintas medidas en una normativa ambiciosa en sus objetivos que convierte a España en uno de los tres países europeos (junto a Francia e Italia) en que se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras (salvo las compostables), y que hace de nuestro país el único de la UE que establece un contenido mínimo de plástico reciclado para las bolsas gruesas (más de 50 micras), una señal clara para incorporar el plástico reciclado, en la línea de los principios de la economía circular.
En virtud de este Real Decreto, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%, para fomentar el uso de plástico reciclado.
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Además, desde el 1 de enero de 2021 se prohíben las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras. Se exceptúan las bolsas compostables, acompasando así la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales. De esta forma, las bolsas compostables, cuyo tratamiento más adecuado es a través de procesos biológicos, se gestionarán conjuntamente con la fracción orgánica presente en los residuos municipales y así se evita que se puedan mezclar con otros flujos de residuos como los de envases de plástico.
Además, y para avanzar hacia una economía circular, desde el 1 de enero de 2020 las bolsas de plástico gruesas deberán contener al menos un 50% de plástico reciclado, para promover el uso de plástico reciclado. Asimismo, se prohíben las bolsas de plástico fragmentable, por su contenido en aditivos que suponen un alto impacto ambiental. Estableciendo esta fecha, se da margen a los comerciantes para liquidar su stock y a los fabricantes para dejar de producirlas.
La sociedad española ha dado pasos hacia la sustitución definitiva de este consumo: en España se consumían 317 bolsas por habitante y año en 2007 y este consumo se ha reducido a 144 en 2014, pero no resulta suficiente y, mediante este Real Decreto, se extienden sus efectos a toda la cadena de consumo incluyendo el comercio minorista, grandes almacenes, distribución por internet y el resto de la cadena de consumo.




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