Del Jueves, 05 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Día Martes, 10 de Marzo de 2026
Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.
Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.
Continuar...
En esta ocasión se llevó a cabo la segunda parte de la ponencia iniciada el curso pasado con la actualización de los contenidos tras la aparición del nuevo marco legal que regula su uso. Dicha conferencia corrió a cargo del profesor Oscar Fernández Bagó, operador de drones civiles y militares y piloto militar. Igualmente el profesor Fernández Bagó es de los primeros operadores de drones civiles de España y uno de los especialistas en esta materia. Actualmente trabaja ocasionalmente como examinador de las pruebas prácticas para la obtención de la licencia de operador.
![[Img #86361]](upload/img/periodico/img_86361.jpg)
Las aeronaves no tripuladas o dron, como se conocen popularmente, han experimentado un auge en los últimos años. Esto ha sido posible gracias a la evolución de la tecnología, que ha posibilitado ofrecer al mercado una gran variedad de pequeñas aeronaves a precios muy razonables. Los dron ofrecen múltiples ventajas, derivadas directamente de su condición de ingenios voladores, como puede ser la fotografía a vista de pájaro, aunque no se libran de algún que otro inconveniente, como puede ser la limitada duración de sus baterías.
La conferencia versó en torno a la importancia de considerar a los dron como una aeronave, y en especial del nuevo marco legal que regula su uso, el Real Decreto 1036/2017, de diciembre del año pasado, que por primera vez contempla su uso recreativo como “juguete”. Es importante saber que el empleo de estos aparatos, tanto en su uso recreativo como profesional, se encuentra regulado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y por lo tanto, está sujeto a una serie de normas.
![[Img #86362]](upload/img/periodico/img_86362.jpg)
De forma muy resumida, podemos decir que la nueva ley nos permite usar los dron como juguetes, siempre que estos tengan un peso inferior a 250 gramos, pudiendo volar tanto de día como de noche en zonas urbanas y sobre personas o edificios. Un peso superior, implica el cumplimiento de una serie de restricciones, la más importante de las cuales es la prohibición de sobrevolar personas o edificios. Para hacer un uso profesional de los dron se debe contar con las licencias y permisos correspondientes, entre los que se encuentra la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil.
Los dron seguirán evolucionando para transformarse en un objeto cotidiano en nuestras vidas, pues son susceptibles de ser empleados en múltiples tareas, como la agricultura, la vigilancia, el salvamento o la extinción de incendios. Pero su uso debe estar regulado, para que no supongan un riesgo para seguridad de personas y bienes.
![[Img #86363]](upload/img/periodico/img_86363.jpg)
Del Jueves, 05 de Marzo de 2026 al Domingo, 08 de Marzo de 2026
Día Martes, 10 de Marzo de 2026
Día Viernes, 06 de Marzo de 2026
Día Viernes, 06 de Marzo de 2026
Día Sábado, 07 de Marzo de 2026
Día Sábado, 07 de Marzo de 2026
Inicia sesión y disfruta de todas las ventajas que te ofrecemos.
Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.42