Serán objeto de subvención los nacimientos o adopciones acaecidos desde el 1 de enero de 2016.
El Ayuntamiento de Villalpando pone en marcha la Ordenanza Reguladora de las bases y del procedimiento de concesión de ayudas por nacimiento o adopción de hijos, aprobado en el pasado pleno del 22 de diciembre.
La prestación consistirá en una ayuda económica de pago único de 500,00 euros. La percepción de esta prestación será compatible con otras ayudas concedidas por otras Administraciones Públicas.
Pueden solicitar la subvención los progenitores o adoptantes del hijo, titulares del Libro de Familia. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, será beneficiario el progenitor que tenga la custodia del hijo/a.
Los requisitos para poder optar a la convocatoria son los siguientes:
a) Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España.
b) Estar empadronados los beneficiarios en el municipio de Villalpando con anterioridad de al menos un año a la fecha del nacimiento o de la adopción, y permanecer en dicha situación, de manera ininterrumpida, durante al menos los tres años posteriores al nacimiento o adopción, tanto los beneficiarios como el hijo.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no mantener deuda alguna con el Ayuntamiento de Villalpando.
Más información: Ordenanza Reguladora de las bases y del procedimiento de concesión de ayudas por nacimiento o adopción de hijos
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