Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Una subvención promovida por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.
Unas ayudas que tienen como objetivo una innovación tecnológica en una zona geográfica determinada y contribuyan a mejorar los actuales sistemas de producción, al ahorro energético, a la conservación del medio ambiente o a mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores para incrementar y apoyar la competitividad de la agricultura como actividad central de las zonas rurales y potenciar la incorporación de jóvenes a la actividad agraria de forma que se facilite y potencie el mantenimiento de la población en dichas zonas, buscando de este modo conservar y mejorar el medio ambiente y el paisaje, estando cofinanciadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?:
Las Sociedades Cooperativas y sus Agrupaciones o Uniones
Las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)
Las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIAS) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS), solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas
También tendrán la condición de beneficiarios las Juntas Agropecuarias Locales (JAL) inscritas en el Registro General de JAL de la Comunidad de Castilla y León.
Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia, así como las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, reconocido por el órgano de la Administración que gestiona
¿Para qué es la ayuda?:
1. Adquisición de una única máquina o equipo agrario que esté
incluido en la relación de máquinas y equipos agrarios
subvencionables, según el plan de innovación tecnológica de que se
trate. En ningún caso el coste de adquisición de la máquina y/o
equipo agrario subvencionable podrá ser superior al valor del
mercado.
Cuantía:
La ayuda se concederá en función de la inversión realizada, de acuerdo con los siguientes porcentajes:
Hasta el 40% del total de la inversión, pudiendo llegar hasta el 50% cuando las explotaciones se encuentren ubicadas en zonas desfavorecidas.
En el caso de agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia o sien ella, hasta el 20% del total de la inversión, pudiendo llegar hasta el 30% cuando las explotaciones se encuentren ubicadas en zonas desfavorecidas.
El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
El plazo de presentación finaliza el 31 de Enero. Más información pinchando en la imagen.


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