Día Martes, 20 de Enero de 2026
El objetivo será la recaudación en vía voluntaria del impuesto de IIVTNU
Un convenio que se firmará en 2018, tal y como estima la Memoria Explicativa de los presupuestos del próximo año, y que tiene como finalidad la recaudación en vía voluntaria del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Una tasa que se recoge en una Ordenanza Municipal aprobada hace 10 años y que consta de doce artículos aprobados en sesión plenaria, que gestionan únicamente los bienes de naturaleza urbana, no los de naturaleza rústica. Tributa únicamente el valor del suelo, no el de la construcción.
La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento real del valor de los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un periodo máximo de veinte años.
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Para determinar el importe del incremento real se aplicará sobre el valor del terreno en el momento del devengo el porcentaje que corresponda en función del número de años durante los cuales se hubiese generado dicho incremento.
Gozarán de bonificación de hasta el 99% de las cuotas que se devenguen en las transmisiones que se realicen con ocasión de las operaciones de fusión o escisión de Empresas a que se refiere la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, siempre que así lo acuerde el Ayuntamiento
Tal y como indica la Memoria Explicativa del presupuesto de 2018 el escenario jurídico y jurisprudencial, determina la necesaria prudencia en el presupuesto de dichos ingresos.




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