Día Miércoles, 17 de Diciembre de 2025
Las actividades con alumnado correspondientes al curso 2019/2020 se reinician el 6 de julio hasta el 14 de agosto
La concejalía de Educación ha publicado las bases que regularán la reapertura de la Escuela Municipal de Educación Infantil “Alfonso IX” durante el curso actual 2019-2020 tras la finalización del Estado de Alarma.
Entre los aspectos más destacables se encuentra que la incorporación solo será la de los alumnos cuyos padres, madres o tutores legales hayan solicitado su asistencia porque ambos progenitores trabajen de forma presencial y que no exista posibilidad de flexibilización del horario de alguno de ellos. Dicha situación deberá ser debidamente acreditada ante la Dirección de la escuela mediante un Certificado de empresa o documento equivalente actualizado.
Será también un requisito que ninguno de ambos progenitores esté diagnosticado de COVID-19, no hayan estado en contacto con otra persona diagnosticada y que no presenten síntomas compatibles con infección por COVID-19.
Por parte de la Dirección de la Escuela Infantil se informará a las familias sobre de la reapertura del centro, que tendrá lugar el día 6 de julio. Asimismo, se informará de la publicación de estas bases, a fin de que las familias interesadas y que cumplan los requisitos exigidos, comuniquen a la escuela, antes del día 3 del mismo mes, la reincorporación de su hijos/as.
Una vez conocido la previsión de asistencia de alumnos al centro, se podrán organizar agrupamientos específicos de carácter estable atendiendo, a la edad de los alumnos, para el desarrollo de las actividades durante la reapertura de la escuela, dentro del curso actual 2019-2020.
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![[Img #131312]](https://interbenavente.es/upload/images/07_2020/1684_img_34497.jpg)
Medidas de prevención
Se considera obligatorio para las personas de seis años en adelante en cualquier espacio del centro, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros. Los alumnos escolarizados en la escuela no están obligados a llevar mascarilla. Su uso tampoco será exigible en los siguientes supuestos:
a) En personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) En personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Para el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de éstas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad
Control de síntomas para alumnado y personal: se considera caso sospechoso de infección por covid-19 a cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que curse, entre otros síntomas, con fiebre, tos o sensación de falta de aire.
Control de síntomas para alumnado y personal: se considera caso sospechoso de infección por covid-19 a cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que curse, entre otros síntomas, con fiebre, tos o sensación de falta de aire.
Otros síntomas atípicos como la odinofagia (dolor de garganta al tragar alimentos), anosmia (pérdida de olfato), ageusia (dificultad para detectar el gusto), dolores musculares, diarreas, dolor torácico o dolor de cabeza, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por COVID-19 según criterio clínico.
Ante la presencia de estos síntomas, las familias no deberás enviar a sus hijos a la escuela, aunque sí deberán llamar para notificarlo.
Las familias deben controlar la temperatura a sus hijos/as antes de trasladarlos a la escuela y en caso de que haya fiebre o la presencia de otros síntomas, deberán dejarlos en casa y contactar con su pediatra.
Más información: Bases regulación Centro de Educación Infantil “Alfonso IX”






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