Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Contenido íntegro del comunicado
Nuevamente, y van muchas veces, un Juzgado vuelve a avalar las iniciativas desarrolladas en materia de Personal por parte del área municipal de la cual yo he sido máximo responsable durante el periodo 2015- 2019, eso sí, con el apoyo incondicional y sin fisuras de todo el Equipo de Gobierno del que yo formaba parte y del cual no me puedo olvidar.
La verdad es que, cuando un Juzgado condena en costas a la parte demandante, ya nos puede dar una pista, sin ser muy espabilados ni eruditos en la materia, que los argumentos expuestos en la demanda carecen de una base sólida para tumbar una Relación de Puestos de Trabajo (RPT) realizada con total transparencia, profesionalidad y objetividad, por personal ajeno y sin ninguna vinculación con ningún trabajador municipal. Esta RPT ha supuesto un hito ya que este instrumento es básico, imprescindible y OBLIGATORIO para la gestión de plantillas en el ámbito de las Administraciones Públicas (AAPP) y el Ayuntamiento, hasta nuestra llegada, no disponía de él.
Para que el ciudadano medio pueda entender el problema clave que ha originado el conflicto entre la Administración local y el sindicato UGT, hemos de hacer un poco de historia.
Durante décadas, precisamente por no tener una RPT, el método rutinario para contratar a trabajadores era mediante la recurrente fórmula de las contrataciones temporales sin seguir los criterios básicos de igualdad, mérito y capacidad, que con el tiempo pasaban a generar derechos de indefinidos no fijos al no existir la voluntad política de finalizar los contratos en tiempo y forma (cuestión que nunca denunció UGT). Estas contrataciones pasaban a engrosar la plantilla del Personal Laboral.
El aumento desproporcionado e injustificado de Laborales respecto a Funcionarios, dotó al Comité de Empresa (órgano de representación de Laborales) respecto a la Junta de Personal (órgano de representación de Funcionarios), de mucha más fuerza como el principal colectivo, ya que su representación a nivel general era mayoritaria. Y ahí es donde entra en juego UGT, puesto que siempre ha tenido mucho apoyo en el Comité de Empresa y para preservar ese poder, ha negociado exclusivamente para los suyos, consiguiendo complementos a la carta a modo de productividades y complementos para el personal "de calle" en detrimento de los "técnicos de oficina", donde se ha dado la paradoja de tener mejores retribuciones el personal con menor formación...¡ver para creer!. Y por supuesto, no nos podemos olvidar del cobro de unas antigüedades totalmente desproporcionadas y sin precedentes en el ámbito de las AAPP, mediante las cuales, una persona con 24 años de servicio llega a percibir el 60% sobre su salario base, que en función de su categoría profesional puede oscilar entre los 500- 600€/mes.
Con ese Convenio Colectivo que más que dotar de derechos, otorga privilegios, los Funcionarios siempre han estado en un segundo plano y siendo sus rehenes.
Con esas prioridades claramente establecidas, UGT se ha encargado de torpedear cualquier negociación que no fuera por la vía de SU IMPOSICION UNILATERAL.
UGT no ha querido una RPT objetiva, UGT quiere "SU RPT", si, la suya, la que no toque los privilegios de un Convenio Colectivo que parece la carta a los Reyes Magos y es por eso por lo que, habiendo llegado a un acuerdo unánime con los Funcionarios, pretendían judicialmente tumbar un acuerdo y que quedara condicionado y supeditado al blindaje de dichos privilegios.
El tiempo y las sentencias judiciales ponen a cada uno en su sitio y desde mi humilde y actual posición de ciudadano, transmito mi apoyo para que mis ex compañeros se mantengan con firmeza en la senda iniciada en 2015, pues ser de izquierdas no significa que haya que inventarse subidas salariales encubiertas, ser de izquierdas es aplicar justicia laboral.
Jesús Nieto Mayo- Ex concejal de Personal del Ayuntamiento de Benavente.
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