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El pasado mes de abril se concedía la licencia urbanística para el Proyecto de Demolición Parcial y Mantenimiento del Edificio ubicado en la Avenida Luis Morán, catalogado como Inmueble Protegido en el Plan General de Ordenación Urbana, el cual sufría un incendio en el mes de junio del año 2017, desapareciendo la cubierta y quedando unicamente la estructura calcinada.
En las condiciones de la licencia se establecían los plazos de uno a seis meses para el inicio de los trabajos y con una finalización de tres a treinta y seis meses, permitiendo la interrupción máxima de seis a doce meses.
El pasado mes de octubre, el Consistorio notificaba al interesado el requerimiento para dar cumplimiento a los plazos de edificación establecidos en la licencia urbanística otorgada, recordando el deber de los propietarios de suelo urbano, tanto de edificar, en los plazos que se indican, como de conservación de sus inmuebles.
![[Img #123354]](https://interbenavente.es/upload/images/12_2019/6615_img_71517.jpg)
En el expediente se indica que esta incumplimiento “ha derivado en una situación de abandono del inmueble, que se ha visto agravada con el incendio producido en junio de 2.017, y la posterior declaración de ruina”, por lo que se ha agravado la situación de deterioro de los elementos a conservar, “así como las condiciones de falta de higiene y salubridad”.
Recordamos que desde los servicios técnicos del área de urbanismo notificaron el deber de conservación de la estructura, fachada, el color, los ornamentos y la estructura de la planta baja.
Ante esta situación desde el Ayuntamiento han iniciado un expediente sancionador por incumplimiento del deber de edificación y conservación en los plazos establecidos en la licencia Urbanística otorgada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 1 de marzo de 2.019 estableciendo una sanción de carácter leve de 2.000€, cantidad que cuenta con una reducción del 50% si la propiedad se compromete, dentro de un plazo de 10 días, desde que se les notifique la propuesta de resolución, a legalizar los actos sancionados en caso de que sean compatibles con el planeamiento urbanístico, o en caso contrario a restaurar la legalidad.
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