Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 30 de septiembre
El objetivo de esta ayudas promovidas por la Consejería de Medio Ambiente es la concesión y pago de la ayuda a la reforestación y creación de superficies forestales para el año 2019.
La concesión de una prima de mantenimiento anual, durante cinco años consecutivos.
Las convocatorias para el pago de las primas de mantenimiento se recogerán en las órdenes por las que se convocan anualmente pagos directos a la agricultura y a la ganadería y determinadas ayudas cofinanciadas por el FEADER (Solicitud Única de la PAC).
Estas ayudas tienen como finalidad ampliar los recursos forestales y mejorar su calidad, financiando la reforestación y la creación de superficies forestales en el territorio de Castilla y León y, posteriormente, asegurando su consolidación mediante la concesión del derecho a percibir un determinado importe por la superficie forestada que sirva para el mantenimiento de las repoblaciones realizadas en éstas.
![[Img #115889]](https://interbenavente.es/upload/images/08_2019/6899_1r3a1675023.jpg)
Lo pueden solicitar entidades públicas propietarias de tierras y personas físicas o jurídicas de derecho privado legalmente constituidas, propietarias o usufructuarias de tierras. Las agrupaciones de las personas relacionadas en el punto anterior que, aun careciendo de personalidad jurídica, se constituyan con la finalidad principal de realizar en común las actuaciones previstas. Las Comunidades de Bienes propietarias o usufructuarias de tierras.
Los importes fijados para la preparación del terreno, adquisición de la planta y plantación se incrementarán, por bonificación:
a) En un 1%, si entre el 25% y 74% (ambos incluidos) de la planta empleada tiene reconocida, al menos, la categoría de «material seleccionado», de conformidad con los requisitos establecidos para esta categoría en el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción.
b) En un 3%, si un porcentaje igual o superior al 75% de la planta empleada tiene reconocida, al menos, la categoría de «material seleccionado», conforme a la norma citada en la letra anterior.
Más información: Junta de Castilla y León




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