Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Municipal

El Ayuntamiento solicita una subvención a la Junta para un proyecto de inclusión de inmigrantes

Rebeca Castaño Jueves, 31 de Enero de 2019 Tiempo de lectura:

La cantidad solicitada asciende a 3.000€

El proyecto diseñado por la concejalía de Bienestar Social se denomina “De inmigrante a ciudadano. A la inclusión social por el diálogo intercultural” cuyo presupuesto total asciende a 50.956,06€.


 

El pasado 28 de diciembre la consejería de presidencia convocaba subvenciones en materia de inmigración para la realización de proyectos integrales dirigidas a entidades locales, sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el 2019.


 

Desde el Ayuntamiento han presupuestado estas actividades en 50.956,06 euros de los cuales 3.000€ han sido solicitados a la Junta de Castilla y León, el importe máximo que se permite en las condiciones de la convocatoria, y el importe restante de 47.956,06€ se financia con fondos propios municipales.

[Img #102231][Img #103106]

[Img #102985]

Se consideran gastos subvemcionables los necesarios para la directa realización de las actuaciones incluidas en el proyecto presentado, en correspondencia con los conceptos e importes presupuestados. Con carácter general, los siguientes:

a) Personal, honorarios y salarios de técnicos, mediadores interculturales, docentes, asistentes sociales, monitores y otros profesionales y expertos.

b) Alquiler de locales, equipos y material necesarios para las actividades.

c) Transportes y gastos de envío unidos al desarrollo de las actividades.

d) Adquisición de material fungible para la realización de las actividades.

e) Publicidad y cartelería para la difusión de las actividades.

f) Gastos de gestión y administración y gastos necesarios para el funcionamiento ordinario de la entidad, hasta un máximo del quince por ciento (15%) del importe total de la subvención recibida.

No son subvencionables los gastos destinados a la adquisición de infraestructuras o equipamientos.

Se considerará gasto realizado y subvencionable el que ha sido pagado con anterioridad a finalizar el plazo para la justificación.

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.46

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.