Día Viernes, 30 de Enero de 2026
Los solicitantes pueden ser personas físicas, autónomos, corporaciones locales o personas jurídicas
La Consejería de Economía y Hacienda convoca para el año 2018 subvenciones públicas, en régimen de concesión directa, para la adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas en Castilla y León, en particular para la convocatoria actual se limitará a la adquisición de vehículos eléctricos nuevos.
Lo pueden solicitar profesionales autónomos, personas mayores de edad, empresas privadas y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E o F.y corporaciones locales.
Los profesionales autónomos deberán estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, y el domicilio fiscal que conste en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores deberá estar en la comunidad de Castilla y León.
Las personas físicas mayores de edad, deberán estar empadronadas en Castilla y León.
Las empresas privadas, deberán estar válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas, y el Número de Identificación Fiscal (NIF) deberá comenzar por las letras A, B, C, D, E o F. Además, deberá que contar con algún centro de trabajo en Castilla y León, y tener la condición de pyme.
Las corporaciones locales, deberán cumplir con lo dispuesto en relación al plazo máximo de pago a proveedores en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
Los profesionales autónomos, las empresas privadas y las corporaciones locales deberán estar dados de alta en el “Buzón Electrónico del Ciudadano” de la Ventanilla del Ciudadano.
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Ningún beneficiario no deberá estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda/subvención ilegal e incompatible con el mercado común.
Será necesario que los solicitantes acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y frente a la Seguridad Social.
No podrán acceder a estas subvenciones aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los profesionales autónomos, las empresas privadas y las corporaciones locales deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o en su caso, la no sujeción a dicha obligación.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria, las empresas en crisis, según se define esta situación en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) n. º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
El plazo para solicitar la ayuda finaliza el 30 de noviembre.
Más información: Junta de Castilla y León



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