Del Viernes, 06 de Febrero de 2026 al Domingo, 08 de Febrero de 2026
También se adjudica el Bar del recinto ferial para la FEMAG 2018
Desde la concejalía de Medio Ambiente en el Ayuntamiento de Benavente indica que es aconsejable revitalizar la zona como lugar de esparcimiento mediante la explotación de estas instalaciones.
Tal y como argumentan desde el área, la concesión se considera necesaria o conveniente porque supone una revitalización y una prestación de unos servicios que complementan y hacen más apetecible el uso del parque o la vía pública y que benefician directamente a los vecinos usuarios de la vía pública.
Ambas en licitaciones previas han quedado desiertas y requieren inversiones para su puesta en marcha. Es por ello por lo que atendiendo a lo establecido en el artículo 80.6 y artículo 87.5 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se pretende otorgar una subvención del 50% del canon de licitación, para realizar las inversiones precisas para su puesta en marcha, por lo que el canon de licitación anual se reducirá o subvencionará un 50%.
Por otro lado, teniendo previsto celebrar las Ferias de Septiembre (FEMAG 2018), los días 31 de agosto y, 1 y 2 de septiembre próximo, en el Recinto Ferial del Mercado de Ganado, resultando que el Bar-Restaurante existente en dichas instalaciones se encuentra actualmente cerrado, este Ayuntamiento considera conveniente contratar la apertura del Bar durante todos los días de la Feria, coincidiendo con el horario de la misma.
Igualmente se considera conveniente un plazo de concesión de dos años prorrogable por otros dos años más y para el mercado de ganados que la licitación sea por un año con posibilidad de prorroga hasta un máximo de 4 ferias.


Por lo que la Concejalía de Medio Ambiente propone:
Que se inicie el expediente para la adjudicación de la concesión administrativa. Se adjudicará por concurso por el procedimiento abierto.
A pesar de que el artículo 87 del RB exige la constitución de una garantía provisional del 2% de la valoración del dominio ocupado, en este caso y por analogía con lo establecido en el artículo artículo 106 de la Ley 9/2017 de contratos del Sector Público, se deja de exigir esta garantía provisional al no existir razones de interés público que justifiquen su mantenimiento, al tratarse de licitaciones de escasa concurrencia, como ha ocurrido en otras ocasiones.
El plazo para la presentación de proposiciones será de de 15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de la publicación del anuncio en el perfil del contratante. Se tramita el expediente por el procedimiento ordinario. Justificando el plazo para presentar solicitudes en 15 días, ya que plazos de licitación más largo, anularían el rendimiento de la temporada de verano de la primera anualidad del contrato y este plazo no menoscaba la concurrencia competitiva.
Conforme a las prescripciones establecidas se elaborará el pliego de condiciones administrativas, y se redactará el documento que describa o defina la instalación y la ocupación del dominio público, infórmese por secretaría.




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