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Agricultura

Establecidos los cánones de regadío y tarifas de utilización del agua del Órbigo

Rebeca Castaño Lunes, 24 de Octubre de 2016 Tiempo de lectura:

Unos datos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Confederación Hidrográfica del Duero ha hecho público los cánones de regulación correspondiente a las Juntas de explotación del Órbigo y las tarifas de utilización del agua correspondientes a las Juntas de explotación del Órbigo correspondientes al año 2016.


 

Cánones de regulación correspondientes a las Juntas de explotación del Órbigo - Año 2016 e

Se han calculado las cantidades para obtener el canon, habiendo resultado los siguientes valores:

Tramo de río Órbigo Regadíos ............................................................... 21,24 €/hectárea

abastecimientos .................................................... 114,91 €/litros/segundo

usos industriales ................................................... 2,12 €/cV

otros usos industriales ......................................... 114,91 €/litros/segundo

industrias con refrigeración ................................... 5,31 €/litros/segundo

Piscifactorías ......................................................... 3,19 €/litros/segundo

molinos .................................................................. 0,21 €/litros/segundo

Los términos municipales afectados son Arcos de la Polvorosa, Benavente, Coomonte, Fresno de la Polvorosa, Maire de Castroponce, Manganeses de la Polvorosa, Morales del Rey, Pobladura del Valle, Santa Colomba de las monjas, Santa Cristina de la Polvorosa, Torre del Valle, Villabrázaro y Villanueva de Azoague.


 

En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 € por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar el canon.

[Img #58420]

Respecto a las tarifas de utilización del agua correspondientes a las Juntas de Explotación del Órbigo, estos valores serán incrementados con el canon de regulación correspondiente al Rio Órbigo o Tuerto, según corresponda, o sus correspondientes equivalencias, habiendo resultado los siguientes valores:

12C42 - Canal de Manganeses

Regadíos ............................................................... 33,94 €/hectárea

abastecimientos .................................................... 183,62 €/litros/segundo

usos industriales ................................................... 3,39 €/c

otros usos industriales ......................................... 183,62 €/litros/segundo

industrias con refrigeración ................................... 8,49 €/litros/segundo

Piscifactorías ......................................................... 5,09 €/litros/segundo

molinos .................................................................. 0,34 €/litros/segundo

Los términos municipales afectados son Arcos de la Polvorosa, Benavente, Manganeses de la Polvorosa, Milles de la Polvorosa, Santa Colomba de las Monjas, Santa Cristina de la Polvorosa, Villabrázaro.

Las liquidaciones que se practiquen (tarifa + canon) se incrementarán, cuando proceda, con la tasa por explotación de obras y servicios.

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