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El objetivo que se planteaba el Equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Benavente es ofrecer una ayuda temporal, inembargable, extraordinaria, de pago único y compatible con cualquier recurso, ingreso o prestación, con independencia de cual sea su naturaleza y origen.
Esta prestación va dirigida a atender la cobertura de las necesidades básicas en situaciones de pobreza energética, tanto por razones sobrevenidas como por falta de recursos de las familias que no pueden hacer frente a gastaos específicos y que se consideran necesarios para evitar o paliar la exclusión social, y que no pueden ser sufragados por sus medios ni desde recursos sociales.
La subvención va destinada a cubrir los gastos de electricidad, gas, gasoil y otros combustibles desde el 1 de noviembre de 2014 a 30 de marzo de 2015.
La prestación económica se concederá para gastos corrientes con cargo a la partida presupuestaria para el año 2015 por un importe de 30.000€
los beneficiarios serán las personas mayores o menores emancipados de cualquier nacionalidad y los miembros de su unidad familiar o de convivencia que se hallen en alguna situación de urgencia social que se prevén en las bases.
Deben estar empadronados en Benavente con un periodo de residencia previo de seis meses o de antigüedad anterior al día de la convocatoria. No superar los ingresos anuales de cuantía equivalente a 1,2 veces el indicador publico de Renta de efectos múltiples (ipRem) anual (14 meses) incrementada en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes), hasta un límite máximo del 1,8 del ipRem anual por la unidad familiar.
También podrán ser destinatarios para sí quienes se encuentren en proceso o situación de nulidad, divorcio, separación legal o ausencia, o de extinción de la unión de hecho o cese acreditativo de la relación de convivencia análoga a la conyugal, o cuyo previo vínculo matrimonial o relación de convivencia de la naturaleza referida se haya extinguido por fallecimiento y no tengan hijos. Igualmente podrán ser destinatarias para sí las mujeres víctimas de violencia de género.
El interesado solicitará la subvención mediante el impreso de solicitud normalizado, que se adjunta a la convocatoria, que se presentará en Registro general del Ayuntamiento de Benavente o por cualquiera de los medios reconocidos en la ley de procedimiento administrativo común, en el plazo de 20 días desde la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia.
Accede a las Bases pinchando en la imagen o en el enlace BOP Zamora 25 de marzo de 2013, Página 53
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