Del Viernes, 22 de Mayo de 2026 al Domingo, 24 de Mayo de 2026
Se podrán declarar otras épocas de peligro a lo largo del año o prolongar la época de peligro alto, cuando las circunstancias climatológicas lo aconsejen
El pasado 22 de abril la Junta de Castilla y León anunciaba una inversión de 15 millones de euros en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales, añadiendo que la época de peligro alto de incendios comenzará el 12 de junio y se prolongará hasta el 2 de octubre.
La Junta establece la temporada de riesgo bajo del 1 de enero al 12 de junio y del 12 de octubre al 31 de diciembre, aunque inciden en que se podrán declarar otras épocas de peligro a lo largo del año o prolongar la época de peligro alto, cuando las circunstancias climatológicas lo aconsejen.
Las actividades prohibidas durante todo el año en el monte y la franja de 400 metros que lo rodea, tanto en la época de peligro bajo como alto de incendios forestales como la quema de rastrojos, quema de matorral, de pastos, de restos agrícolas o forestales, de otros restos de vegetación, lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego, encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, tirar fósforos, colillas o cualquier material en ignición al suelo. La quema al aire libre de basureros, vertederos o cualquier acumulación de residuos de cualquier tipo, arrojar fuera de los contenedores de basura, desechos o residuos. Aparcar vehículos en los caminos, pistas forestales y cortafuegos de modo que supongan un impedimento al paso de los vehículos del Operativo de lucha contra los incendios forestales. La acampada libre.






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