Día Sábado, 27 de Diciembre de 2025
La cuota fija es de 25 euros/anuales y de 101 m³ en adelante es de 0,20 euros/m³ anual
El Ayuntamiento de Santibañez de Tera con motivo de la puesta en funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales ha aprobado la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales.
La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio de depuración se facturará anualmente y se determinará en función del volumen de agua vertido a la red de alcantarillado, determinado en metros cúbicos a través del contador del servicio de abastecimiento de agua potable. Aplicándose a cada contador de agua.
- Cuota fija. Cuota de servicio, incluidos 100 m3: 25 euros/anuales.
- Bloque 1. De 101 m3 en adelante: 0,20 euros/m3./anual.
La tasa de depuración podrá facturarse conjuntamente con las de agua y alcantarillado.
No se concederá exención o bonificación alguna, salvo las previstas en las normas con rango de Ley o las derivadas de la aplicación de Tratados Internacionales.








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