Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Municipal

El Ayuntamiento de Benavente establece varias medidas como el confinamiento de aves de corral debido a la gripe aviar

Rebeca Castaño Sábado, 15 de Noviembre de 2025 Tiempo de lectura:

En caso de incumplimiento se procederá a sancionar conforme a la ley de Sanidad Animal

[Img #226961]

A través de un Bando Municipal el Ayuntamiento de Benavente hace saber que según dicta la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, por la que se establece la medida de confinamiento de explotaciones para la prevención y control del contagio por influenza aviar. Se establecen las siguientes medidas:

 

 

a) El CONFINAMIENTO en la propia explotación de las AVES DE CORRAL que se críen al aire libre, en cualquiera de los métodos existentes de cría, incluidas las explotaciones ecológicas y las de AUTOCONSUMO, las que produzcan huevos o carne para su venta directa al consumidor final, de manera que se prohíba la cría y el mantenimiento al aire libre de aves de corral y otras aves cautivas.

 

No obstante, cuando esto no sea posible, la autoridad competente podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre, mediante la colocación, si ello fuera posible, de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y siempre que se alimente y abreve a las aves en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos o el agua destinados a las aves de corral.

 

 

 

b) Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral.

 

 

c) Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que se trate esa agua a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.

 

 

d) Los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral, quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

 

 

e) Queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales definidos en el artículo 3.7 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.

 

 

A este respecto, no se considerarán como aves cautivas las aves mantenidas en un establecimiento autorizado para su venta a particulares como ave de compañía, ni aquellas aves de corral mantenidas en un establecimiento comercial para su posterior venta al por menor a particulares. No obstante, la autoridad competente de la comunidad autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, en materia de sanidad animal, podrá autorizar dichas concentraciones siempre que las aves procedan de la propia ciudad o comunidad autónoma y se efectúe una evaluación del riesgo que dé un resultado favorable.

 

 

 

En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta orden será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieren concurrir.

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.49

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.