Del Martes, 16 de Septiembre de 2025 al Lunes, 22 de Septiembre de 2025
Un documento aprobado de manera definitiva sin que se presenten alegaciones
El Pleno del Ayuntamiento de La Torre del Valle aprobaba el pasado 22 de octubre la ordenanza reguladora del arbolado urbano y que ya ha obtenido la aprobación definitiva sin que se presenten reclamaciones.
El objetivo de la ordenanza es establecer un marco normativo integral para la protección, conservación, plantación, mantenimiento y reposición del arbolado urbano del municipio. El Consistorio reconoce el arbolado urbano como un elemento esencial del patrimonio natural, ambiental y paisajístico, “esta normativa busca garantizar su preservación y fomentar su desarrollo sostenible, en consonancia con los compromisos internacionales y nacionales en materia de medio ambiente”.
La ordenanza con aplicación a todo el término de La Torre del Valle afecta a los espacios públicos y privados donde exista o se prevea la plantación de árboles, incluyendo calles, avenidas, parques, jardines, plazas, zonas verdes, áreas deportivas, solares de uso público y cualquier espacio susceptible de albergar arbolado. En el ámbito privado la Ordenanza establece obligaciones para los propietarios o titulares de terrenos que posean arbolado.
Principios generales
Sostenibilidad ambiental: Promover el desarrollo de un arbolado urbano saludable y sostenible, adaptado a las condiciones climáticas y ambientales de La torre del Valle. esto implica la selección de especies apropiadas, la aplicación de técnicas de gestión ambientalmente responsables y la consideración de los impactos a largo plazo en el ecosistema urbano.
Mejora de la calidad de vida: Reconocer el papel del arbolado urbano en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, proporcionando beneficios como la purificación del aire, la reducción del ruido, la regulación térmica y la creación de espacios estéticamente agradables.
Protección de la biodiversidad: contribuir a la conservación y promoción de la biodiversidad local, fomentando la plantación de especies autóctonas y la creación de corredores ecológicos que favorezcan la fauna y flora locales.
Cumplimiento normativo: asegurar el respeto y cumplimiento de la legislación vigente en materia de medio ambiente, urbanismo y protección del arbolado, incluyendo normativas nacionales, autonómicas y europeas.
Participación ciudadana y educación ambiental: Fomentar la implicación de la ciudadanía en la protección y cuidado del arbolado urbano, a través de programas de educación ambiental, campañas de sensibilización y mecanismos de participación pública en la toma de decisiones.
Prevención de riesgos: Garantizar que el arbolado urbano no represente un riesgo para la seguridad de las personas y bienes, mediante un adecuado mantenimiento y gestión que evite situaciones peligrosas como caídas de ramas o árboles enfermos.
Plantación y reposición de árboles
El Ayuntamiento elaborará y mantendrá actualizado un catálogo de especies vegetales autorizadas para la plantación en áreas urbanas. este catálogo priorizará las especies autóctonas, adaptadas al clima y condiciones del suelo de la región de Zamora y aquellas que tengan un bajo requerimiento hídrico y una alta resistencia a plagas y enfermedades.
La selección de especies se basará en criterios científicos y técnicos, considerando factores como:
• Adaptabilidad al medio urbano: tolerancia a la contaminación, compactación del suelo y limitaciones de espacio.
• Tamaño y porte adecuados: Para evitar interferencias con infraestructuras y edificaciones.
• Valor ecológico y estético: contribución a la biodiversidad y mejora del paisaje urbano.
• Seguridad: ausencia de toxicidad y minimización de riesgos por caída de ramas o frutos.
Planificación y diseño: Las plantaciones deberán integrarse en los planes de ordenación urbana y proyectos de urbanismo, considerando las necesidades espaciales para el desarrollo adecuado de las raíces y la copa de los árboles. Se respetarán las directrices del Plan General de ordenación urbana (PGou) y se atenderán las recomendaciones técnicas en materia de arboricultura.
Ubicación adecuada: Se evitará la plantación de árboles en lugares donde puedan causar daños a infraestructuras públicas o privadas, como aceras, calzadas, redes subterráneas de servicios (agua, gas, electricidad) y edificaciones. Se establecerán distancias mínimas respecto a estos elementos, de acuerdo con las normativas técnicas y urbanísticas.
Especificaciones técnicas: La plantación se realizará siguiendo los procedimientos técnicos adecuados, incluyendo la preparación del terreno, el uso de sustratos y fertilizantes apropiados, y la instalación de sistemas de riego cuando sea necesario. Se garantizará la estabilidad del árbol mediante el uso de tutores y protectores en los primeros años de crecimiento.
Época de plantación: Se priorizarán las épocas del año más favorables para el arraigo y desarrollo de los árboles, generalmente en otoño y primavera, evitando periodos de estrés hídrico o temperaturas extremas.
Autorizaciones y comunicaciones: toda plantación en espacios públicos deberá contar con la autorización previa del ayuntamiento. en el caso de propiedades privadas, se deberá comunicar al ayuntamiento cuando la plantación pueda afectar al dominio público o cuando se utilicen especies sujetas a regulación especial.
Cumplimiento normativo: Las plantaciones deberán cumplir con las normativas vigentes en materia de urbanismo, medio ambiente y seguridad. Se respetarán las disposiciones de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y otras regulaciones aplicables.
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