Del Martes, 23 de Septiembre de 2025 al Martes, 30 de Septiembre de 2025
La Asociación Española de Consumidores (AEC) ha ofrecido una serie de recomendaciones para aquellos afortunados que resulten premiados en los sorteos de la Lotería Nacional de Navidad y El Niño, que se celebran el 22 de diciembre. Con el anuncio de los resultados, surgen numerosas dudas sobre cómo proceder para cobrar los premios y evitar posibles inconvenientes.
Entre los principales consejos, la AEC destaca lo siguiente:
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Plazo de cobro: El plazo para cobrar un premio de la Lotería Nacional es de tres meses a partir del día siguiente al sorteo. Cualquier indicación en las participaciones que reduzca este plazo debe considerarse abusiva y, por lo tanto, ilegal.
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Cobro del premio: Para cobrar un premio, hay que esperar hasta las seis de la tarde del día del Sorteo. Las administraciones de lotería están obligadas a pagar en efectivo solo premios de hasta 2.500 euros. Para cantidades superiores, será necesario acudir a entidades financieras concertadas.
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Retención tributaria: Los premios superiores a 40.000 euros por décimo estarán sujetos a una retención tributaria del 20%, que se prorrateará en el caso de participaciones compartidas.
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Prohibición de la reventa: La reventa de billetes premiados es ilegal y puede resultar en importantes sanciones, además de contribuir al blanqueo de dinero negro. La AEC advierte sobre los riesgos de esta práctica.
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Costes asociados al cobro: El cobro de premios en administraciones o entidades colaboradoras de Loterías y Apuestas del Estado no tendrá ningún coste. Sin embargo, si se realiza en entidades no colaboradoras, podrían generarse gastos de gestión adicionales.
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Comparar opciones bancarias: La AEC recomienda no precipitarse al elegir la entidad financiera donde se realizará el cobro del premio. Es importante comparar diferentes opciones y considerar la posibilidad de recibir asesoramiento profesional.
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Premios compartidos: En el caso de que el premio sea compartido, los agraciados deben acudir a un notario o a la entidad financiera para dejar constancia del reparto del premio. De no hacerlo, el reparto posterior podría ser considerado como una donación, lo que implicaría una tributación doble ante Hacienda.
Finalmente, la AEC recuerda que la entidad que haya emitido las participaciones de un número premiado debe responsabilizarse de realizar los pagos proporcionales de manera íntegra, incluso si ha habido errores en el cálculo del número de participaciones realizadas.
Estas recomendaciones buscan garantizar que los premiados gestionen sus premios de forma segura y conforme a la normativa, evitando problemas fiscales o legales.
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