Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
Javier Amoedo formula en las conclusiones de su detallada resolución la denegación del expediente que pretendía legalizar la construcción realizada en una finca propiedad de la esposa de Saturnino Mañanes.
El Procurador del Común se ha pronunciado un año después de la solicitud de amparo realizada por Román Ávila a esta institución y motivado por la falta de respuesta del Ayuntamiento de Benavente y de su Alcalde a las solicitudes de expedientes relacionados con las obras realizadas desde el año 1999 en la localización denominada Camino Prado Concejo que inicialmente obtuvieron licencia urbanística para “retejo de edificio” y “reparar cubierta”.
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En un comunicado, el arquitecto Román Ávila, señala que “después de mis repetidas denuncias, después de mi insistencia poniendo sobre la mesa la actitud corrupta e ilegal del Alcalde de Benavente, que llevaba 14 años defraudando el IBI de su chalé y de su piscina, 6 años ocultando los expedientes municipales de infracción urbanística y sancionadores por la construcción ilegal del chalé, haciéndolo desde su sillón de Alcalde, impidiendo al acceso a los mismos, ahora el Defensor del Común de Castilla y León no sólo confirma mis denuncias, si no que las reafirma, las mejora y las amplía, particularmente en el aspecto concerniente a la no prescripción de los actos ilegales cuando existe el uso continuado de vivienda”
La resolución, donde figura con todo detalle a lo largo de 20 folios lo acontecido desde el año 1999 en relación con esta construcción, concluye que sólo cabe denegar la licencia para legalización de ese edificio construido sin licencia, construido en contra de la normativa vigente, tanto local como autonómica, y también denegar la autorización de uso excepcional en suelo rústico, salvo que exista una posible vinculación de la edificación a una explotación agropecuaria.
Además, con carácter general, indica que en los casos en los que no se haya obtenido previamente la correspondiente licencia urbanística se deben adoptar las medidas de protección de la legalidad correspondientes y dentro de los plazos.
Para finalizar resuelve, que se debe contestar expresamente en el plazo de tres meses las solicitudes de información relativas a los expedientes administrativos finalizados tramitados por el Ayuntamiento, en relación al motivo de la queja de Román Ávila por la falta de respuesta ante sus solicitudes de expedientes relacionados con esta construcción.
Para Román Ávila resulta evidente la necesidad de dimisión o cese del alcalde y la depuración de responsabilidades por su actuación al impedir la resolución de expedientes municipales que le perjudicaban.
El Procurador del Común, ha enviado copia de esta Resolución a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y a la Defensora del Pueblo.
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