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Castilla y León

La Junta aprueba el Decreto que regula las plazas de toros portátiles en Castilla y León mejorando la tramitación administrativa

Rebeca Castaño Jueves, 19 de Mayo de 2022 Tiempo de lectura:

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto que regulará la instalación de plazas de toros portátiles, por el que se reducirán las cargas administrativas para ayuntamientos y empresarios, y se reforzará la seguridad de los espectáculos que puedan albergar.

 

Actualmente, son 33 las plazas de toros portátiles inscritas en Castilla y León. En el año 2019, cifras prepandemia, se celebraron en plazas de toros portátiles 365 espectáculos taurinos, de los que 71 correspondieron a espectáculos taurinos ‘mayores’ y 294, a espectáculos taurinos populares; todos ellos en el medio rural de la Comunidad. Teniendo en cuenta que en ese mismo año se celebraron 2.280 espectáculos taurinos en Castilla y León (1.946 populares y 334 mayores), las plazas de toros portátiles acogen alrededor del 20 % de los espectáculos taurinos que anualmente se organizan en Castilla y León, cifras que denotan la importancia que estas instalaciones tienen para la organización de espectáculos públicos, taurinos y no taurinos, en torno a los que se genera una importante actividad económica en el medio rural.

 

 

 

La norma que hasta ahora regulaba las plazas de toros portátiles era el Decreto 115/2002, de 24 de octubre, que se deroga para modernizar las relaciones entre la Administración que debe controlar la instalación de plazas portátiles y los ayuntamientos y empresarios interesados en el reconocimiento y puesta en funcionamiento de este tipo de infraestructuras, reduciendo las cargas administrativas para los consistorios y empresarios sin merma de las condiciones de seguridad de las que deben dotarse estas instalaciones para ser reconocidas.

 

 

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Los aspectos más importantes del nuevo marco jurídico aprobado hoy para las plazas de toros portátiles son:

 

 

 

  • Se aplica el mismo régimen para el caso de que en la plaza portátil se organice otro tipo de espectáculos no taurinos. El Decreto 115/2002 solo regulaba las plazas de toros portátiles en cuanto a instalaciones destinadas a albergar espectáculos taurinos, sin referencia a la celebración de otros espectáculos. Ahora bien, es frecuente que se solicite la instalación de plazas de toros portátiles para la organización de manifestaciones recreativas y/o espectáculos públicos, tales como actuaciones musicales o teatrales.

 

 

  • Se sustituye el actual régimen de autorización previa por una declaración responsable formulada de forma telemática, a la que se acompañará el certificado que garantice la seguridad de las instalaciones, lo que supondrá un notabilísimo ahorro de costes para las personas titulares de plazas de toros portátiles, estimándose una reducción de costes en la puesta en funcionamiento de tales instalaciones de más del 80 % según el método para calcular la reducción de cargas administrativas.

 

 

 

  • Se implementa un régimen de inspecciones periódicas bianuales en el que serán un elemento clave de control y seguridad los informes emitidos por técnicos especializados en la construcción y montaje de este tipo de instalaciones.

 

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