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Política Municipal

El PP reprueba al Ayuntamiento ante la decisión judicial de declarar improcedente la sanción a un trabajador

Rebeca Castaño Viernes, 01 de Abril de 2022 Tiempo de lectura:

Los populares aseguran que “El afectado, para no perjudicar a los administrados, dio de baja recargos aplicados por errores del propio Ayuntamiento o bancarios; y cuyas cantidades principales ya habían sido abonadas por los contribuyentes” sin autorización de sus superiores

Desde el Grupo Municipal del Partido Popular relatan que el Juzgado de lo Social ha declarado improcedente la sanción de suspensión de tres meses de empleo y sueldo a un trabajador que, egún testimonios de responsables del Departamento, había actuado “buscando la agilización y el buen funcionamiento del Departamento de Recaudación”, “sin buscar el beneficio de nadie, sino el funcionamiento del servicio de la Institución”, y que era un supuesto excepcional, como lo demuestra la escasa entidad de la cantidad, 251,09 €, y de los expedientes afectados en un periodo tan largo de tiempo” exponen desde el Partido Popular.

 

 

Los populares señalan que el Juez estima que el Ayuntamiento “no acreditó, ni quedó debidamente probado, que la conducta del trabajador fuese constitutiva de falta”, prosiguen desde el Partido Popular exponiendo que el “ Ayuntamiento acusaba a este trabajador de dar de “baja o condonación, de forma total o parcial, determinadas deudas de terceros con el Ayuntamiento”, sin resolución formal. La cantidad total de todas estas operaciones realizadas durante el período comprendido entre los años 2013 al 2021, ascendía a 251,09 € correspondientes a recargos y 303,81 € a bajas, constando como causa de la baja “error”.

 

 

Desde las filas del PP apuntan que las cantidades que fueron dadas de baja en tesorería, “en los casos analizados, correspondían a un total de 29 “recargos”, y no a “deudas de terceros”, como dijo el Ayuntamiento, para acusar al trabajador de la comisión de una falta muy grave, tal y como refleja la Sentencia. Así como que los administrados ya habían abonado el “pago principal”, a excepción de dos recibos relativos a sanciones del año 2016, cuyo dictado del Decreto correspondía al departamento de Sanciones y no al de Tesorería”.

 

 

Según el Partido Popular en la sentencia se recoge el testimonio de las personas que han ocupado el puesto de Tesorero del Ayuntamiento “indicando igualmente que se cancelaban estos recargos “por agilidad”, “cuando se trataba de errores de domiciliación o errores bancarios, en los que el contribuyente no tenía por qué soportar las consecuencias de errores administrativos. Se actuaba así para dar agilidad”, a la espera de tener una justificación documental, reconociendo también esta forma de actuar”.

 

 

Añaden otro de los testimonio en los que aseveran se basa la Sentencia, “ es el de la Tesorera en funciones, que manifestó que “si en la deuda que se va a cobrar se aprecia un error, como la domiciliación u otro, para no perjudicar al ciudadano, no se cobraba el recargo. En esos casos el recibo se cobra sin el recargo porque es lo justo”, sin realizarse ningún decreto en estos casos puntuales “cuando se apreciaban errores, no imputables al administrado” como lo son los “errores en las domiciliaciones o notificaciones, como errores de las propias entidades bancarias”, que se reflejaban con la anotación “error” explican desde el PP.

 

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Los populares señalan que el informe de uno de los Tesoreros indicaba que “habría concurrido una “ilegalidad o irregularidad formal” en los propios recargos aplicados por el Ayuntamiento, sobre los que cabía subsanación posterior, si bien no se dictaron las mismas. Por lo que no habría constituido ninguna irregularidad el llevar a cabo las bajas de los recargos, pero que se debería de haber solicitado su convalidación posterior”. “Hechos que debería conocer el impulsor de este expediente sancionador, el Concejal de Deportes y Régimen Interior, si hubiese realizado bien su trabajo” subrayan desde el PP.

 

 

 

 

El Grupo Municipal del Partido Popular aseguran que en la sentencia se refleja que “el hecho de que la investigación se realizase únicamente sobre un trabajador, al que se apartó durante meses de su puesto de trabajo, obviando al resto de funcionarios del departamento, o los propios informes de los máximos responsables del mismo, hace sospechar al PP que lo sucedido responde realmente a decisiones que tienen que ver más con una “caza de brujas, con tufillo a represalia”, que a la defensa de los intereses del Ayuntamiento”.

 

 

Para el PP “A la vista de las declaraciones de los máximos responsables del Departamento de Tesorería recogidas en la Sentencia, en relación a la posible irregularidad o ilegalidad de los recargos, al responder estos a errores del propio Ayuntamiento o de la gestión bancaria, desde el PP se califica de incomprensible el hecho de que haya responsables políticos que hayan promovido una sanción, cuyo coste judicial va a ser mucho mayor que las cantidades afectadas por esos recargos”.

 

 

Además reprocha que el Ayuntamiento “ se opusiese al acto de conciliación previo, pese a las pruebas existentes, no es más que otra prueba más de la ofuscación de quien promovió el expediente”.

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