Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
La sanción asciende a un total de 2.000 euros, 1.000 euros para cada uno de los denunciados
El pasado 12 de enero a las 19:52 horas y tras el visionado del vídeo subido a Instagram, la Policía Local pudo identificar a dos jóvenes causando daños a un elemento decorativo situado en la Plaza de Santa María.
La actuación de las personas denunciadas incumple lo establecido en los siguientes artículos de la Ordenanza Cívica de este Ayuntamiento:
Art. 28. Protección del mobiliario urbano: El mobiliario urbano: (….)Los causantes de su deterioro o destrucción, no sólo serán responsables del resarcimiento del daño producido, sino que serán sancionados administrativamente por la falta cometida. Asimismo, serán sancionados los que, haciendo un uso indebido de los elementos, perjudiquen la buena disposición y utilización de los mismos por los usuarios. A tal efecto se establecen las siguientes normas:
1ª Daños y alteraciones: Quedan prohibidos cualquier tipo de daños y alteraciones de los bienes protegidos por esta Ordenanza que impliquen su deterioro y sean contarios a su uso y destino, ya sea por rotura, desgarramiento, arranque, quema, desplazamiento indebido, adhesiones de pegatinas, materiales o sustancias y cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso de destino.
![[Img #151952]](https://interbenavente.es/upload/images/01_2022/9467_ayto-informa.jpg)
![[Img #151951]](https://interbenavente.es/upload/images/01_2022/3147_foto-calle.jpg)
Art 51: Artículo 51.- Infracciones Sin perjuicio de la calificación penal que pudieran tener algunas de ellas, y en defecto de normativa sectorial específica constituyen infracciones administrativas las acciones y omisiones contrarias a las prohibiciones y obligaciones contenidas en esta Ordenanza y, en particular, las siguientes: a/ Realizar cualquier actuación que suponga destrucción o deterioro de los bienes públicos o privados protegidos por esta Ordenanza, ya sea por: incendio, rotura, desgarro, suciedad, o retirada o manipulación de elementos o piezas que afecten al uso del bien y a la seguridad de los ciudadanos.
Ambos jóvenes han sido sancionados con 1.000 eurps cada uno de ellos, lo que responde a una falta muy grave, tal y como recoge la Ordenanza Cívica del Ayuntamiento y que responde a actos que suponen destrucción deterioro considerable de los bienes públicos y privados protegidos por esta Ordenanza, ya sea por: incendio, rotura, desgarro, suciedad o retirada o manipulación de elementos o piezas que afecten al uso del bien o a la seguridad de las personas.”
La Ordenanza cívica del Ayuntamiento de Benavente, publicada el 13 de enero de 2012, establece en su art. 2 que todo elemento decorativo propiedad del Ayuntamiento y situado en todo su término municipal, se encuentra protegido por esta ordenanza; así mismo, el artículo 15 de la misma Ordenanza, dispone que es obligación de todos los ciudadanos actuar cívicamente, por lo que queda prohibido maltratar o dañar las instalaciones, objetos o bienes de uso común.



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