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Municipal

El Juzgado de lo Social desestima la demanda presentada por los laborales contra el Ayuntamiento de Benavente para el cobro de las pagas extraordinarias

Rebeca Castaño Jueves, 30 de Septiembre de 2021 Tiempo de lectura:

La sentencia argumenta la desestimación de la demanda de los laborales indicando que no pueden equiparar su situación con la de los funcionarios que cuentan con una RPT desde el año 2019

El Juzgado de lo Social de Zamora ha absuelto al Ayuntamiento de Benavente de la demanda interpuesta por los representantes sindicales de Csif y UGT en el Comité de Empresa del Personal Laboral municipal interpuesta el pasado mes de junio de 2021 con el objetivo de que el Consistorio abonara al personal laboral las diferencias entre las cantidades percibas y las que se debieron abonar en diciembre de 2019, junio de 2020 y diciembre de 2020 en concepto de pagas extraordinarias.

 

 

Un conflicto colectivo presentado por los laborales y que pretendían que las pagas extraordinarias y el complemento de destino se equipararan a los funcionarios, plantilla que ya cuenta con una Relación de Puestos de Trabajo.

 

 

El Juzgado de lo Social de Zamora señalaba que desde el año 2007 hasta la actualidad, el personal laboral del Ayuntamiento “ha venido percibiendo el 100% del equivalente al complemento de destino de las pagas extraordinarias, con las subidas que hayan establecido las Leyes de Presupuestos Generales del Estado”.

 

 

La sentencia exxplica que en el año 2019 el complemento específico se incrementaba en las pagas extraordinarias de los funcionarios y no de los laborales “Este incremento es debido a la nueva regulación en la RPT vigente a partir de mayo de 2019” añadiendo que en la firma del convenio de laborales aún no se había redactado la RPT por lo que “la comisión negociadora no pudo prever que el complemento específico variaría al aprobarse la Relación de Puestos de Trabajo”.

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Ante la situación planteada el Juzgado de lo Social establece que la equiparación del incremento de este complemento debe lograrse mediante la negociación entre Ayuntamiento y personal laboral a través una aprobación de la RPT y valoración de cada puesto de trabajo como se hizo con el personal funcionario en el Ayuntamiento de Benavente.

 

Por todo ello el Juzgado de lo Social desestima la demanda presentada por los representantes sindicales del personal laboral Csif y UGT.

 

 

El concejal de Personal, José Mariño ha valorado positivamente esta sentencia y ha querido recalcar que el incremento salarial propuesto “se encuentra el margen de la Ley” añadiendo que es necesario negociar una RPT con los trabajadores laborales “para conseguir una seguridad jurídica y realizar las modificaciones con pura transparencia”.

 


Respecto a las críticas vertidas en un pleno por el concejal del Partido Popular, José Manuel Salvador, Mariño recordaba que en su intervención “llegó a decir que robábamos a los trabajadores y pagábamos indebidamente sus nóminas” por lo que ante esta sentencia pide al concejal popular que se retracte públicamente “no intervenimos ni en la elaboración de las nóminas ni en las pagas extraordinarias” señalaba el responsable de Personal.

 

 

 

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