El BOCYL ha realizado la publicado de la declaración de la MIG tras ser aprobada en los plenos de 5 municipios
Finalmente los ayuntamientos de Benavente, San Cristóbal de Entreviñas, Santa Colomba de las Monjas, Santa Cristina de la Polvorosa y La Torre del Valle llevaban a sus plenos la aprobación de los estatutos de la Mancomunidad de Interés General. Pendiente queda conocer la decisión que se adopte en el pleno de Villabrázaro, el cual se celebrará la próxima semana, tal y como indicaba el Alcalde del municipio. Los que se han apeado de esta MIG es el Ayuntamiento de Manganeses de la Polvorosa, que después de que la asamblea estimara en parte las alegaciones de representación, el Partido Popular de la localidad se abstenía y el concejal de UPL no podía ejercer su voto al no encontrarse presente.
Los órganos de gobierno de la Mancomunidad de Interés Gen son Asamblea de Concejales, Consejo Directivo, presidente y Comisión Especial de Cuentas.
La finalidad de esta Mancomunidad es realizar en común determinadas obras y prestación de servicios públicos de competencia municipal: servicios públicos básicos, protección y promoción social, producción de bienes públicos de carácter preferente y actuaciones de carácter económico. Un órgano que nacía desde la Junta de Castilla y León dentro de la Ordenación del Territorio.
La efectividad de las competencias y las funciones solo se producirá cuando posteriormente exista asignación a la mancomunidad mediante acuerdo formal entre el municipio de mayor población y todos o varios de los municipios interesados sobre su prestación en común y sobre los términos y fórmulas de gestión del mismo, incluida la ponderación de votos.
En el ámbito de los servicios públicos básicos, los Estatutos especifican aspectos concretos de seguridad y movilidad ciudadana (ordenación del tráfico y del estacionamiento, protección civil y servicio de prevención y extinción de incendios); vivienda y urbanismo (vías públicas); bienestar comunitario (alcantarillado; abastecimiento de agua potable; cementerio y servicios funerarios) y medio ambiente (limpieza, parques y jardines). En relación con las actuaciones de protección y promoción social (asistencia social primaria y actuaciones en materia de violencia de género). Asimismo, las competencias y funciones que atañen a la producción de bienes públicos de carácter preferente abordan educación, cultura y deporte. Por último, las actuaciones de carácter económico comprenden comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas; desarrollo industrial, agrario y empleo; transporte público; energía y sostenibilidad.
![[Img #133330]](https://interbenavente.es/upload/images/09_2020/519_9908_2041_6407_mig-0563.jpg)
Esta MIG urbana es una entidad local de base asociativa y carácter voluntario, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar plena e independiente de los municipios que la integran, para el cumplimiento de sus competencias y funciones específicas. Tendrá su sede en el municipio de Benavente.
La Asamblea de Concejales es el órgano de gobierno de la mancomunidad de la que forman parte representantes electos de cada uno de los municipios de la MIG. L
os representantes de los municipios serán designados respetando la representatividad política de los mismos, correspondiendo a cada uno de ellos los siguientes representantes:
Hasta 250 habitantes........................................... 1 Representante
Desde 251 hasta 2.000 habitantes..................... 3 Representantes
Más 2.001 habitantes ......................................... 4 Representantes
El municipio de mayor población........................ 6 Representantes



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