Día Martes, 20 de Enero de 2026
El plazo de solicitud se inicia el 29 de julio hasta el 10 de agosto
Estas ayudas promovidas por la Junta es convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones para el mantenimiento del empleo de los trabajadores autónomos en la Comunidad de Castilla y León que hayan atravesado o estén atravesando por situaciones desfavorables como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dichas subvenciones permitirán que los trabajadores por cuenta propia, disfruten de la reducción de la cuota por contingencias comunes y profesionales a la Seguridad Social durante tres meses.
Las solicitudes se resolverán por orden de presentación desde que el expediente esté completo.
Estas ayudas están destinadas a trabajadores autónomos o por cuenta propia cuyas actividades hayan quedado suspendidas, en virtud del estado de alarma, que a fecha 30 de junio de 2020 viniera percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad, y retomen su actividad manteniendo, durante al menos 6 meses desde la reincorporación, el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
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Los requisitos que deben cumplir son:
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Haber agotado la prestación extraordinaria por cese de actividad
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Cotizar en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por la base mínima que corresponda.
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Que la situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos no se vea interrumpida durante los 6 meses siguientes a su reincorporación.
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No solicitar a la Seguridad Social moratoria o aplazamiento en el pago de las cuotas para los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020.
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Realizar su actividad y estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
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Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social y acreditar dicho cumplimiento conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la comunidad de Castilla y León. A estos efectos deberá presentar declaración responsable conforme Anexo 11.
Para el cálculo de la subvención se tomará como referencia la base mínima de cotización, establecida con carácter general en la orden anual del ministerio competente en materia de Seguridad Social para el año 2020.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Más información: Junta de Castilla y León




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