Del Jueves, 22 de Enero de 2026 al Domingo, 25 de Enero de 2026
Las viviendas tienen que haber sido construidas antes de 1996
Desde la Consejería de Fomento han convocados ayudas a la eficiencia energética y sostenibilidad 2020, en régimen de concurrencia competitiva, tanto en el medio rural como urbano, destinadas a facilitar la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial atención a la envolvente edificatoria de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y en edificios de tipología residencial colectiva, todos ellos situados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas necesariamente a mejorar la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
Estas ayudas las pueden solicitar las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y las personas físicas que sean propietarios de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente no exceda cinco veces el IPREM.
![[Img #131442]](https://interbenavente.es/upload/images/07_2020/5635_img_5200.jpg)
Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- En los casos de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
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Estar finalizados antes de 1996.
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Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la subvención.
2.- En los casos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
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Deberán estar finalizados antes de 1996.
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Que, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja si tiene otros usos compatibles.
-
Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
3.- El coste total de las actuaciones subvencionables no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan, siendo estos últimos fijados conforme a los criterios determinados por los servicios técnicos de la Administración de Castilla y León.
4.- En ningún caso se subvencionarán actuaciones que supongan por solicitante la intervención en más de 200 viviendas.
Más información: Junta de Castilla y León




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