Día Viernes, 03 de Octubre de 2025
Las solicitudes para la subvención convocada por la Junta finaliza el 10 de febrero
La Consejería de Industria y empleo convoca en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing», con el objeto promover la realización de proyectos para la incorporación de técnicas de «Lean Manufacturing» en las PYME con actividad industrial de Castilla y León, para mejorar su productividad y competitividad, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia.
Lo pueden solicitar personas jurídicas que tengan la condición de PYME y cumplan los requisitos.
Los solicitantes deberán cumplir y acreditar entre otras estos requisitos; Desarrollar una actividad industrial. A los efectos de la presente orden, se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial cuando haya presentado comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en el Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será del 50% de los costes considerados subvencionables.
En todos los casos, la ayuda se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 10.000 €.
El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de minimis, concedidas a una única empresa, no excederá de 200.000 euros, a lo largo de un periodo de 3 ejercicios fiscales.
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