Día Martes, 28 de Octubre de 2025
Esta solicitud la debe realizar personalmente cada elector.
Todos los ciudadanos que quieran realizar su voto por correo para las elecciones generales del 10 de noviembre podrán solicitarlo hasta el próximo 31 de octubre en cualquier oficina de Correos de España.
Esta solicitud la debe realizar personalmente cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial. En ese caso, el solicitante podrá autorizar notarial o consularmente a otra persona para que realice el trámite.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.
Asimismo Correos va a gestionar el voto por correspondencia para las elecciones locales parciales que se celebrarán el 10 de noviembre en 35 municipios y en 88 entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio en los que no se presentó ningún candidato para los comicios del 26 de mayo, así como en otros tres municipios con mesas cuyo escrutinio fue anulado en las últimas elecciones municipales.
En este caso, el plazo para poder solicitar el de voto por correspondencia finalizará el 7 de noviembre.
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