Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
“Las propuestas del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.”
“Si el artículo 47 de la Constitución Española proclama el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, desde Izquierda Unida reclamamos el cumplimiento efectivo del derecho constitucional a la vivienda, que es especialmente necesario para aquellas personas y hogares que tienen más dificultades para acceder al mercado por sus escasos medios económicos”.
En España hay “3,5 millones de viviendas vacías”, según el último censo de poblaciones y viviendas disponible, realizado en 2011. De ellas, más de 40.000 en Castilla y León y un número considerable de viviendas “vacías” en Benavente.
En Izquierda Unida tienen claro que hay que garantizar la función social de la vivienda. “En muchos Ayuntamientos hemos propuesto el recargo del IBI a las viviendas desocupadas pero la mayoría de las veces nos encontrábamos con problemas legales por la ausencia de una definición clara sobre lo que es una vivienda desocupada”, explican, “Y así lo recogía nuestro programa municipal 2015-2019”.
![[Img #101750]](https://interbenavente.es/upload/images/01_2019/68_img_33685.jpg?29)
Ahora, una vez publicado en el BOE el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entre otras cosas hace una reforma de la Ley de Haciendas Locales regulando el recargo previsto para los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente, mediante su remisión a la correspondiente normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal, con rango de ley, al objeto de que pueda ser aplicado por los ayuntamientos mediante la aprobación de la correspondiente Ordenanza Fiscal.
Desde IU consideran que ya no hay excusas, los Ayuntamientos pueden a partir de ahora:
1.- Elaborar un censo de viviendas desocupadas de acuerdo a los criterios establecidos en el Real Decreto e instar a la Comunidad Autónoma a desarrollar el concepto de vivienda vacía si no lo hubiera hecho ya.
2.- Modificar la ordenanza fiscal para establecer un recargo del 50% en el IBI de aquellas viviendas que se encuentren desocupadas.
Así lo recoge el Real Decreto, “…. para los bienes inmuebles urbanos, de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto. Dentro de este límite, los ayuntamientos podrán determinar mediante ordenanza fiscal un único recargo o varios en función de la duración del período de desocupación del inmueble”.
Puntualizando que “tendrá la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente aquel que permanezca desocupado de acuerdo con lo que se establezca en la correspondiente normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal, con rango de ley, y conforme a los requisitos, medios de prueba y procedimiento que establezca la ordenanza fiscal. En todo caso, la declaración municipal como inmueble desocupado con carácter permanente exigirá la previa audiencia del sujeto pasivo y la acreditación por el Ayuntamiento de los indicios de desocupación, a regular en dicha ordenanza, dentro de los cuales podrán figurar los relativos a los datos del padrón municipal, así como los consumos de servicios de suministro”.
3.- Además también se incluye la posibilidad directa de modificar la ordenanza fiscal para establecer un 95% de bonificación a aquellas viviendas destinadas a alquiler con renta limitada.
«Los ayuntamientos mediante ordenanza fiscal podrán establecer una bonificación de hasta el 95 por ciento en la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica.»
Para Izquierda Unida “este Decreto llega tarde, cuando la mayoría de los municipios, como el caso de Benavente, ya han aprobado sus Ordenanzas Fiscales. Aún así abre un campo de posibilidades para trabajar desde el ámbito municipal para que no haya casas sin gente, ni gente sin casas”.
Además, IU considera que el Real Decreto recoge otras bondades como “el incorporar una modificación del procedimiento de desahucio de vivienda cuando afecte a hogares vulnerables, o responder desde el ámbito de la vivienda a las deficiencias en materia de accesibilidad que sufren diariamente las personas con discapacidad y movilidad reducida, en un contexto demográfico marcado por un progresivo y alarmante envejecimiento de la población”.



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