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Política Municipal

El PP propone la reducción del 10% en todos los recibos del pago de agua en los presupuestos de 2019

Rebeca Castaño Jueves, 08 de Noviembre de 2018 Tiempo de lectura:

Los concejales populares vuelven a presentar esta iniciativa “para no rascar el bolsillo de los benaventanos”

El concejal popular, Manuel Vega, acompañado por su compañero de partido Miguel Ángel Nuevo, ha comparecido ante los medios de comunicación sobre el déficit de los servicios de agua y abastecimiento y para dar respuesta a los datos aportados por el Ayuntamiento en un informe de Intervención, basados en la liquidación del presupuesto de 2017.


 

Vega puntualizaba que en ese informe no se refleja el déficit del servicio, “solo refleja lo que tiene que pagar y cobrar el Ayuntamiento”, aludiendo que ese déficit se fija en 200.000€, aludiendo el concejal a que hay que sumar los ingresos en el saneamiento como 398.671€, 2,5 millones de euros de canon de Aquona, la reducción en los costes del agua en la Mancomunidad que han pasado de 0,30 a 0,27 céntimos, lo que ha supuesto un ahorro en las arcas municipales de 40.000€, así como el beneficio de autoconsumo que se ha fijado en 100.000€. Unas cantidades que, desde el Partido Popular, suman las obras de la depurada asimiladas por la Junta de Castilla y León en 2,5 millones de euros. Vega concretaba que anualmente el Ayuntamiento recibe unos ingresos indirectos de 125.000€

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Desde el PP sugieren que los técnicos municipales realicen un estudio económico-financiero que determine la situación real y que se contemple una reducción del coste de los recibos del agua de un 10% reflejado en los próximos presupuestos, con el objetivo, defendía de que “es mejor no rascar el bolsillo de los ciudadanos y no tener que presumir de superávit”.


 

El concejal popular aseveraba que sería un “fraude de Ley” no registrar un déficit en el servicio, ya que la Ley de Haciendas Locales en su Artículo 24.2, establece que “el importe de las tasas por la prestación de un servicio o por la realización de una actividad no podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o, en su defecto, del valor de la prestación recibida”.

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