Del Viernes, 16 de Enero de 2026 al Domingo, 18 de Enero de 2026
El plazo para solicitar la ayuda finaliza el 3 de agosto
Desde la Consejería de Fomento convocan estas ayudas en régimen de concurrencia competitiva tanto en el ámbito rural como urbano, subvenciones destinadas a facilitar la financiación de la ejecución de obras en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, edificios de viviendas de tipología residencial colectiva y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, todos ellos situados dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a la conservación así como a la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
Las actuaciones se dirigirán necesariamente a la conservación de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios de tipología residencial colectiva y a las actuaciones para la mejora de la Seguridad de Utilización y de la Accesibilidad de viviendas.
Los solicitantes pueden ser comunidades de propietarios, propietarios únicos de edificios de viviendas con personalidad jurídica, personas físicas que sean propietarios de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente no exceda cinco veces el IPREM, propietarios de las viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva cuando se trate de obras destinadas a la mejora de accesibilidad y en el supuesto de que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
![[Img #91865]](upload/img/periodico/img_91865.jpg)
También podrán ser beneficiarios los arrendatarios de las viviendas cuando éste y el propietario acuerden que sea aquel el que costee a su cargo las actuaciones de rehabilitación a cambio del pago de la renta y cumplan las condiciones anteriores y las sociedades cooperativas, cuando estén incluidas las actuaciones de rehabilitación en su objeto social.
-
Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
-
1.- En los casos de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
-
a) Deberán estar finalizadas antes de 1996.
-
b) Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la subvención.
2. En los casos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
-
a) Deberán estar finalizados antes de 1996.
-
b) Que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
-
c) Que al menos el 70 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones. Cuando se trate de propietario único, que haya tenido que proceder al realojo de los inquilinos para efectuar la rehabilitación, no se tendrá en cuenta este requisito, si bien deberá justificar la circunstancia aludida y el compromiso de destinar las viviendas objeto de rehabilitación a domicilio habitual de los arrendatarios.
3. En los casos de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva para las que se solicite de forma independiente financiación:
-
a) Deberán estar finalizadas antes de 1996.
-
b) Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse a las subvenciones.
4. El coste total de las actuaciones subvencionables, incluyendo los gastos mencionados en el apartado segundo, no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan, siendo estos últimos fijados conforme a los criterios determinados por los servicios técnicos de la Administración de Castilla y León.
5. En ningún caso se subvencionarán actuaciones que supongan por solicitante la intervención en más de 200 viviendas.
La cuantía máxima de las subvenciones se determinará en función del coste de la actuación subvencionable correspondiente y del número de elementos computables, sin que en ningún caso, pueda superarse por solicitud ni el total de 300.000,00 € de subvención ni el 10% de la dotación presupuestaria de la convocatoria.
Más información: Junta de Castilla y León




Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.221