Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Castilla y León

El Ayuntamiento podrá solicitar la subvención de la Junta para financiar actuaciones en bienes inmuebles del patrimonio cultural

Rebeca Castaño Miércoles, 14 de Marzo de 2018 Tiempo de lectura:

El plazo de solicitud finaliza el 13 de abril

Unas subvenciones a las que pueden aspirar entidades locales de Castilla y León que tengan una población inferior a 20.000 habitantes de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes, y cumplan alguno de los requisitos.


 

Las subvenciones se concederán por un importe de 77.776,00 € por provincia. La cuantía de la subvención: el 70% del gasto subvencionable, sin que pueda superarse la cuantía de 50.000 euros por beneficiario.

El importe total máximo de las subvenciones a conceder en cada una de las provincias, se distribuirá al 25% entre los conceptos previstos en el apartado 1º: 2º; y 3º y 4º.


 

En el caso de que la cuantía económica destinada a uno de ellos no se agotase en su totalidad, el sobrante podrá ser aplicado a los otros conceptos.


 

 Respecto a obras de conservación y restauración: Ser propietarias o titulares de cualquier derecho real sobre el inmueble integrante del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

[Img #84902]

Sobre obras de recuperación de áreas o elementos urbanos: Desarrollar obras contempladas en un plan especial o u otro instrumento urbanístico de protección que cumplan los objetivos de protección previstos en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.


 

En referencia al plan especial de protección: Tener en su término municipal un Bien de Interés Cultural declarado o incoado, con la categoría de Conjunto Histórico, Sitio Histórico, Conjunto Etnológico o Zona Arqueológica.


 

Estar sujeto a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


 

Más información: Junta de Castilla y León

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.130

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.