Aseguran que la moción presentada hace unas semanas y desestimada por la Secretaria del Ayuntamiento cumple con la legalidad
El grupo municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Villalpando denuncian que la suspensión del pleno extraordinario del 14 de junio por parte del Alcalde del municipio fue ilegal al no poder ampararse en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ya que lo dictaminado por ese Art. es que son competencias de los Alcaldes los contratos de obras, de suministros, de servicios de gestión, de servicios públicos, cuyo importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto”, indican.
Desde el PSOE facilitan textualmente, el orden del día de ese pleno donde se debatía las diferentes propuestas y contratos para la celebración y desarrollo de las fiestas patronales de San Roque, someterlos a votación y publicar detalladamente los acuerdos llevados a cabo.
Los socialistas indican que todos los contratos de obras o servicios para las fiestas patronales de San Roque han ascendido a 163.000€, una cantidad superior a los 108.000€ que corresponden en el presupuesto. Además ponen en duda el funcionamiento de la Junta de Gobierno “de acuerdo con el Art. 113.1b) ROF es ilegal, ya que es preceptivo que ésta ha de contar, al menos con tres miembros”.
Por estos argumentos recurrirán la decisión del Secretario Municipal de no admitir a trámite su propuesta de moción de censura al Alcalde de Villalpando, Feliz Gómez, amparándose en la Ley que dicta que los alcaldes podrán ser sustituidos mediante moción de censura, fijando como condiciones; mayoría absoluta, proponer un candidato o firmas autentificadas, condiciones, que asegura el PSOE de han reunido en su escrito.
El PSOE relata que el Secretario Municipal se amparaba “que cuando algún concejal que propone la moción pertenezca al mismo grupo político que el alcalde, la mayoría absoluta se verá incrementada por el mismo número de concejales que se encuentran en tales circunstancias”.
Los socialistas explican que : Proponen la moción los cuatro concejales del PSOE y la propuesta para la alcaldía Laura Ferrero. “Mayoría absoluta. Luego quedan dos, para en votación, incrementar esa mayoría referida. Esta rectificación la hemos hecho constar en nuestro recurso ante la Secretaría”. “ De no entenderse así tal párrafo, las mociones de censura, como las de este caso, son imposibles, daría igual que fueran los ocho de los nueve concejales, lo que entra en contradicción con la norma de rango superior: la de que los alcaldes podrán ser destituidos mediante moción de censura. No nos entra en la cabeza, que siete de nueve no seamos mayoría moral y legal para sacar adelante una moción de censura” puntualizan.
Además señalan que no hay “transfuguismo” ya que los tres concejales populares continúan en el partido “en un ejemplo de civismo ciudadano, anteponiendo el bien de su pueblo a los intereses partidistas, apoyan a una personas joven, con la que van a formar equipo, que para el bien del pueblo no hay colores. Y desatascar así la penosa situación dictatorial e ineficiente de este Ayuntamiento”.
Para finalizar consideran que la decisión del gobierno de una localidad “ no puede depender del criterio de la interpretación de la norma legal por una sola persona, el Secretario Municipal, quien, además de no aplicar para su resolución la norma legal adecuada, se confunde en la fecha del escrito, “22 de septiembre de 2017””, por lo que informan que recurrirán esta decisión a la Subdelegación del Gobierno.
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